La Resolución CERTV/CCC/2026/013, de fecha 2026-04-13, aprueba el informe de evaluación y adjudica ítems a MDL ALTERNATIVA TECH por RD$73,996.03 y a SERTELSA por RD$1,550,735.65; declara desiertos otros cinco ítems. El acta presenta una contradicción sobre el sistema de transmisión de video inalámbrico: lo declara desierto por incumplimiento técnico y también lo incluye entre los bienes adjudicados a SERTELSA.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (11 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución incluye el sistema de transmisión de video inalámbrico entre los ítems adjudicados a SERTELSA y, a la vez, declara desierto ese mismo objeto porque ningún participante cumplió técnicamente. La tabla de evaluación también marca el sistema como no conforme para ambos oferentes; la diferencia de numeración no explica la contradicción entre la adjudicación y el desierto del mismo bien.
““ninguno de los participantes ciunplió en la propuesta técnica, ya que los equipos no se ajustan a los solicitado, por lo cual se recomendará la declaratoria desierta para esto.” … “Para los ítems 2. Sistema de transmisión de video…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Ítems 2, 5, 7, 10, 11, 12, 14 y 15, según la resolución
RD$1,550,736
TECHBOX, EIRLNo presentó los estados financieros de 2025 solicitados en la subsanación; no fue habilitado para la apertura de la oferta económica.
No habilitado
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RD$2,906,071
La Casa del Fotógrafo y Videógrafo HE, SRLNo presentó los estados financieros de 2025 solicitados en la subsanación; no fue habilitado para la apertura de la oferta económica.
No habilitado
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Wolfkers Solution, SRLNo presentó la documentación de naturaleza subsanable solicitada por la institución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona