La enmienda, fechada el 14 de abril de 2026, modifica la ficha técnica y el pliego del proceso DAEH-CCC-SI-2026-0001, cuyo monto estimado citado es RD$47,521,000. Corrige referencias a insumos médicos para que correspondan a equipos tecnológicos y audiovisuales y permite subsanar los documentos que acreditan la experiencia, manteniendo el requisito mínimo de dos años y dos certificaciones, contratos u órdenes de compra.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La DGCP indicó que la configuración por ítems se considera equivalente a lotes en el SECP y recomendó revisar su compatibilidad con la subasta inversa. La parte dispositiva de esta enmienda modifica la ficha técnica y la subsanabilidad de la experiencia, pero no consigna un cambio de configuración; conviene verificar cómo se resolvió esa observación antes de la continuidad del proceso.
“Se ha configurado el procedimiento de Subasta Inversa para la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y AUDIOVISUALES por “Ítems”. No obstante, esta estructura, aunque denominada “por ítems”, se considera equivalente a una división por lotes de”
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la referencia expresa a las localidades de entrega en el literal e); el plan de entrega sigue mencionado, pero no se precisa en esta enmienda si conserva esa información..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Ficha técnica, literales c), d) y e)Personal, transporte y condiciones de entrega
Las cláusulas se referían a la entrega y capacitación para manejar insumos médicos; el literal e) mencionaba las localidades indicadas.
Las cláusulas se refieren a equipos tecnológicos y audiovisuales. El literal e) conserva fechas, cantidades y el plan de entrega, pero ya no menciona expresamente las localidades indicadas.
AclaraQuita un control: Se elimina la referencia expresa a las localidades de entrega en el literal e); el plan de entrega sigue mencionado, pero no se precisa en esta enmienda si conserva esa información.
Pliego, numeral 11.1.2, literal 6Subsanabilidad de la documentación de experiencia
La documentación para acreditar dos años mínimos de experiencia y presentar al menos dos certificaciones, contratos u órdenes de compra se clasificaba como no subsanable.
La documentación para acreditar la experiencia se establece como subsanable. Se mantienen los dos años mínimos y la exigencia de al menos dos certificaciones, contratos u órdenes de compra.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona