El pliego establece las reglas de la subasta inversa electrónica DAEH-CCC-SI-2026-0001 para adquirir 12 tipos de equipos tecnológicos y audiovisuales, con monto estimado de RD$47,521,000 según el portal. Prevé puja de 30 minutos y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas habilitadas. El portal registra convocatoria el 9 de abril de 2026 y proceso desierto; este pliego no contiene una decisión de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige procesadores Intel para computadoras y laptops, sin expresar en esas especificaciones que se admitan equivalentes. La mención de fabricante puede limitar las soluciones que compiten y merece verificarse si había una necesidad técnica que impidiera describir el rendimiento sin identificar la marca.
“COMPUTADORA COMPLETA PROCESADOR INTEL® CORE™ I5 DE 14.ª GENERACIÓN 512 GB RAM 16GB … LAPTOP, PANTALLA DE 16.0 PULGADAS PROCESADOR INTEL CORE 7 12.ª 16 GB DE RAM 1TB SSD”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El pliego prevé que la institución pueda habilitar una sola extensión de 15 minutos ante lances en los últimos cinco minutos. El artículo 138 del Reglamento establece una extensión automática de cinco minutos cuando hay lances en los últimos tres minutos, hasta tres extensiones salvo que el pliego disponga un número menor; conviene verificar cómo se aplicaría el mecanismo durante la puja.
“Durante la puja la institución contratante podrá habilitar un periodo de “tiempo adicional” a lo originalmente establecido. Para este proceso dicho periodo será habilitado si ocurren lances dentro de los últimos cinco (05) minutos previos a”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 138 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 138 — Reglas de la puja electrónica
Artículo 138.- Reglas de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre quince (15) y sesenta (60) minutos. El lapso seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El lapso de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no presentar…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona