La Enmienda núm. 006-2026 modifica el pliego para la adquisición de 2,950 mochilas tácticas azules: indica que la actividad comercial relacionada con mochilas será preferible y fija la entrega en 15 días después de emitida la certificación de registro del contrato por la Contraloría. El documento consigna una reunión del comité el 16 de marzo de 2026; según el portal, la convocatoria fue publicada el 10 de abril, la enmienda se registró el 17 de abril y el cierre de ofertas fue el 20 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita la verificación de que la actividad comercial inscrita del oferente guarde relación con el objeto..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El portal registra la enmienda el 17/04/2026 y el cierre de ofertas el 20/04/2026; el documento modifica condiciones del pliego y dispone que, si la modificación ocurre después del 75 % del plazo, debe extenderse el período de ofertas proporcionalmente. El cronograma del portal no registra una extensión del cierre, por lo que corresponde verificar si se aplicó la regla según el cómputo del plazo y la fecha efectiva de publicación de esta enmienda.
“Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio introduci”
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Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona