La Resolución núm. CC-CS-0002-2026, de 2026-02-24, aprueba iniciar una contratación simplificada para adquirir duramadre y designa tres peritos. La convocatoria del proceso figura en el portal el 2026-04-15, con monto estimado de RD$5,780,000; el acto fundamenta la modalidad en umbrales de 2025, aunque para convocatorias desde 2026-04-01 rigen los umbrales actualizados de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto sostiene que el monto estimado está dentro del rango de contratación simplificada de 2025, pero el portal consigna una convocatoria del 2026-04-15, cuando regían los umbrales actualizados desde el 1 de abril. El monto de RD$5,780,000 sí queda bajo el máximo de RD$6,436,757.50 aplicable entonces a la contratación simplificada de bienes; corresponde verificar la base normativa usada, aunque la modalidad coincide con el umbral vigente.
“Al efecto, equipara la contratación simplificada con la comparación de precio y dispone que los umbrales para la contratación simplificada serán desde RD$1,860,642.56 hasta RD$5,644,812.73. En la especie, el monto de bienes requeridos se en”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 56 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
El acto identifica al mismo funcionario como solicitante y autor del informe justificativo, y luego lo designa perito técnico para redactar especificaciones y evaluar las ofertas. Esa concentración de funciones no demuestra por sí sola falta de imparcialidad, pero hace pertinente verificar la declaración de intereses y la revisión independiente de los criterios técnicos.
“En fecha 20 de enero del 2026 el Dr. Giancarlo Hernández (Neurocirujano), Encargado del Servicio de Neurocirugía, suscribió el informe pericial justificativo para la presente contratación…; el perito técnico será el responsable de diseñar y”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 93 · Reglamento 52-26, art. 96 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 93 — Declaración de intereses
Artículo 93.- Declaración de intereses. Previo a su designación, cada perito debe suscribir una Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de Interés, conforme al modelo aprobado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. De igual modo, los peritos deben presentar una declaración de interés adicional si se identifica un posible conflicto de interés sobrevenido cuando un interesado realice una pregunta en la etapa de aclaraciones, cuando se presente una oferta o en cualquier momento del ciclo contractual. Párrafo II. Las declaraciones deben incorporarse al expediente administrativo y su falsedad es causal de exclusión inmediata y de la nulidad de las actuaciones en las…
Reglamento 52-26, artículo 96 — Inhibición o recusación
Artículo 96.- Inhibición o recusación. Los peritos pueden inhibirse o ser recusados cuando existan circunstancias comprobables o indicios razonables que puedan comprometer su imparcialidad en el procedimiento. Constituyen, entre otras, causales de inhibición o recusación las siguientes: 1. Tener interés directo o indirecto en el procedimiento; 2. Haber mantenido una relación laboral, contractual o societaria reciente con alguno de los oferentes o interesados; 3. Poseer parentesco por consanguinidad o afinidad con un oferente o interesado; 4. Haber prestado servicios profesionales previos que afecten objetivamente su independencia; 5. Mantener vínculos económicos, profesionales o de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona