La Enmienda núm. I, fechada el 15 de abril de 2026, modifica el pliego para la adquisición de 420 postes de madera tratada: actualiza la vigencia de las ofertas y garantías, extiende el cierre de recepción del 24 al 27 de abril y establece un criterio de desempate vinculado a la subcontratación de MIPYMES. También ajusta el anticipo y el esquema de pagos, que contiene una discrepancia entre el porcentaje expresado en letras y en números para el pago final. El monto estimado del proceso es RD$55,446,514.10, según el portal.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se reduce el período de mantenimiento de la oferta y de cobertura de la garantía de seriedad, que respalda el mantenimiento de la oferta..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda denomina el pago final «Cincuenta por ciento» pero consigna entre paréntesis «30%», pese a indicar que ese pago se hace contra recepción definitiva. Según cuál cifra se aplique, los pagos generales sumarían 80% o 100% del contrato, lo que deja indeterminado el importe final previsto.
“La suma restante, correspondiente al ochenta por ciento (80%) será pagada en la siguiente forma y proporción: 3) Treinta por ciento (30%) con la presentación de la hoja de embarque; Bill of lading (B/L); 4) Cincuenta por ciento (30”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El texto mantiene la exigencia de una garantía de seriedad del 1% y señala que a las MIPYMES solo se les exigirá fianza de seguro. La Ley 47-25 establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta para las MIPYMES, por lo que esta condición podría imponerles un requisito que la ley exceptúa.
“Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
La enmienda conserva un plazo de hasta 60 días calendario desde la remisión de la factura para los pagos. La Ley 47-25 fija un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que corresponde revisar la compatibilidad del plazo del pliego con ese máximo.
“Dichos pagos se realizarán en un período no mayor de sesenta (60) días calendario contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato la factura de los bienes ofrecidos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Sección I, numeral 11, literales c) y d); numeral 12.5Vigencia de oferta y garantía de seriedad
Oferta vigente hasta el 3 de agosto de 2026; garantía de seriedad vigente hasta esa fecha.
Oferta y garantía de seriedad vigentes hasta el 14 de julio de 2026.
RelajaQuita un control: Se reduce el período de mantenimiento de la oferta y de cobertura de la garantía de seriedad, que respalda el mantenimiento de la oferta.
Sección II, numeral 1Modalidad indicada en el pliego
El texto denominaba el procedimiento «Contratación Simplificada».
El texto lo identifica como «Licitación Pública Nacional».
Aclara
Sección II, numeral 1Plazo para recibir ofertas
Recepción hasta el 24 de abril de 2026, a las 5:00 p. m.
Recepción hasta el 27 de abril de 2026, a las 4:30 p. m.
Relaja
Sección I, numeral 11.1Documentos de la oferta económica
Se requerían el formulario de oferta económica y la garantía de seriedad.
Se añade una declaración jurada o certificación de oferta libre de colusión.
Endurece
Sección I, numeral 12.5Evaluación de oferta económica
Se evaluaban la garantía, el formulario económico y que el precio estuviera dentro del presupuesto referencial.
Se incorpora la declaración jurada o certificación de oferta libre de colusión como documento evaluable bajo cumple/no cumple; la vigencia de la garantía se fija hasta el 14 de julio de 2026.
Endurece
Sección II, numeral 8Desempate de ofertas
Se aplicarían los criterios objetivos del pliego y la normativa; si persistía el empate, se decidiría por sorteo público.
Se prioriza la oferta con compromiso verificable de subcontratar una MIPYME u otro sector priorizado; si nadie lo acredita, se decide por sorteo público.
Neutral
Sección III, numeral 6Anticipo y garantía de buen uso
Anticipo general de 20%, dentro de 30 días calendario desde la firma del contrato.
Anticipo general de 20%, dentro de 30 días desde el registro del contrato; para MIPYMES, 30% y aplicación de las reglas especiales de garantías.
Aclara
Sección III, numeral 10Porcentajes del esquema de pagos
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
20% de anticipo, 30% contra hoja de embarque y 50% contra entrega y recepción definitiva.
Mantiene 20% de anticipo y 30% contra hoja de embarque; el pago final aparece como «Cincuenta por ciento (30%)». Para MIPYMES establece 30%, 20% y 50%.