El Acta Administrativa CCC-2026-0005, de fecha 2026-04-10, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica los 17 lotes del proceso Ayuntamiento Higuey-CCC-CP-2026-0001. Los montos numéricos adjudicados suman RD$98,423,406.17; el acta ordena publicar la decisión en el portal de contrataciones y en la página web del Ayuntamiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica los Lotes 11 y 16 por RD$5,811,024.77 y RD$5,796,910.63, respectivamente. Según los datos del portal, Wady Arturo Vicioso ofertó RD$5,237,123 y Bianca Altagracia Polanco Rosario RD$5,217,220 para esos lotes; el acta no consigna aquí el resultado individual de esas ofertas ni por qué no obtuvieron la adjudicación, por lo que corresponde verificar su evaluación técnica y económica antes de concluir que la comparación fue improcedente.
“para el Lote 11, en formato físico 2 Groupgarden & Construction, SRL, en formato digital Wady Arturo Vicioso, para el Lote 12...; para el Lote 16, en formato físico True Construction, EIRL, en formato digital Bianca Altagracia Polanco Rosar”
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
La recomendación de los peritos dice que las propuestas adjudicables representan las «mejores relaciones costo-beneficio», pero el pliego y el propio acto describen la adjudicación por menor precio. La diferencia en la formulación de la razón de adjudicación amerita comprobar que la evaluación económica aplicó exclusivamente el criterio publicado y no una ponderación distinta.
“se concluye que las propuestas presentada por los oferentes AltCorp Construcciones SRL, Roconstecm SRL, Reinaldo Mota Rijo, Inversiones Núñez Pimentel, Francisco Eladio Rodríguez Rijo, Soluciones de Const. Civiles Sor Pamilton EIRL, Constru”
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Danyeris Elizabeth Castillo PacheEl acta refiere la habilitación de los oferentes para la apertura económica; no consigna adjudicación individual a esta oferente.
Héctor Alexander Santana EncarnaciónEl acta refiere la habilitación de los oferentes para la apertura económica; no consigna adjudicación individual a este oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Wady Arturo Vicioso SosaEl acta refiere la habilitación de los oferentes para la apertura económica; no consigna adjudicación individual a este oferente.
Eliot Net González RiveraEl acta refiere la habilitación de los oferentes para la apertura económica; no consigna adjudicación individual a este oferente.
Bianca Altagracia Polanco RosarioEl acta refiere la habilitación de los oferentes para la apertura económica; no consigna adjudicación individual a esta oferente.
Constructora ValladoreixEl acta refiere la habilitación de los oferentes para la apertura económica; no consigna adjudicación individual a este oferente.
Habilitado
Lote 17
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Elvis Jesús Rafael Hernández CedeñoEl acta refiere la habilitación de los oferentes para la apertura económica; no consigna adjudicación individual a este oferente.