La Resolución MIVHED/CCP/2026/0035, de 2026-04-06, aprueba el informe de evaluación y adjudica los dos lotes del procedimiento por proveedor único. Inversiones Express, S.R.L. recibe el Lote 1 por RD$68,483,720.00 y Cype Dominicana, S.R.L. el Lote 2 por RD$3,205,020.00, para un total de RD$71,688,740.00; también ordena constituir las garantías de fiel cumplimiento y publicar la resolución.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los montos ofertados por los dos adjudicatarios suman RD$71,688,740.00, exactamente la apropiación presupuestaria consignada en la resolución. La coincidencia al peso en una contratación por excepción merece cotejarse con el presupuesto desglosado por lote y los análisis de precios, aunque por sí sola no determina irregularidad.
““por la suma de Setenta y Un Millones Seiscientos Ochenta y Ocho Mil Setecientos Cuarenta Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$71,688,740.00)” … “Inversiones Express S.R.L. | RD$3,205,020.00””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Las bases citadas en la resolución exigían autorización del fabricante como representante único para comercializar las licencias. La resolución refiere que CSI Caribe es el distribuidor autorizado y puede designar sub-dealers, pero la comunicación sobre Inversiones Express solo consigna autorización para asistir en el proceso de compra; conviene verificar que la autorización cubría la comercialización y a este oferente al momento de ofertar.
““CSI Caribe es el único distribuidor y representante autorizado para Latinoamérica (con exclusiones específicas) para productos desarrollados por CSI, incluyendo ETABS, SAFE y SAP2000, y que además está autorizado para comercializar, vender”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 166 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
La resolución cita una comunicación del fabricante que identifica como distribuidor a “CYPE Dominicana, S.A.”, mientras que la oferta adjudicada y la tabla de adjudicación identifican a “Cype Dominicana, S.R.L.”. Puede tratarse de una errata o de un cambio societario, pero conviene verificar que la autorización correspondía a la persona jurídica oferente.
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Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 166 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Oferentes que registra (2)
2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Inversiones Express, S.R.L.Adjudicataria del Lote 1; la resolución indica que cumple con los requisitos establecidos en las bases.
Adjudicado
Lote 1
RD$68,483,720
Cype Dominicana, S.R.L.Adjudicataria del Lote 2; la resolución indica que cumple con los requisitos establecidos en las bases.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona