Las especificaciones establecen una contratación directa de publicidad en 23 ítems, para servicios del 25 de abril al 25 de julio de 2026, con un valor estimado de RD$10,689,100. El cronograma fija la convocatoria, la recepción de ofertas y la apertura económica para el 14 de abril de 2026. También dispone un plazo de pago de 60 días tras la recepción conforme y, cuando aplique, una garantía de fiel cumplimiento vigente por cinco meses desde su emisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma da a los interesados hasta el mismo día de la publicación para presentar ofertas. El Reglamento 52-26 establece un mínimo de tres días hábiles para excepciones, salvo supuestos que no incluyen la contratación de publicidad; el plazo consignado merece revisión por su efecto sobre la concurrencia.
“Fecha de publicación de aviso de convocatoria 14/04/2026 Presentación de Credenciales/Ofertas técnicas y Ofertas Económicas 14/04/2026”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
El pliego fija el pago a los 60 días de la recepción conforme y la presentación de facturas. La Ley 47-25 establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que el plazo previsto merece revisión.
“se realizará a los 60 días después la recepción conforme de los Bienes o Servicios entregados y la presentación de las facturas electrónica con comprobante gubernamentales y recibido de manera conforme/satisfactoria.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego fija la garantía en cinco meses desde su emisión, sin vincular expresamente su vencimiento a la liquidación del contrato. Conviene verificar que la garantía permanezca vigente hasta la liquidación, como dispone el Reglamento 52-26.
“La vigencia de la Póliza de Fiel Cumplimiento de contrato será de cinco (5) meses contando a partir de su emisión (si aplica).”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona