El Comité de Contrataciones Públicas del Ministerio de Turismo aprobó el informe definitivo y adjudicó el proceso de publicidad MITUR-CCC-PEPB-2026-0003 a 70 proveedores por tres meses. El acta declara un total de RD$8,850,000.00; la suma de los 70 totales individuales consignados en la tabla es RD$8,700,000.00. La reunión y el acta están fechadas el 9 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta formaliza la adjudicación a los oferentes enumerados. El cruce de datos de este proceso señala que uno de los adjudicatarios está suspendido por el régimen de prohibiciones debido a un cargo público; conviene identificarlo y verificar la condición aplicable en la fecha de adjudicación.
“Tomando en consideración el informe de evaluación presentado por los peritos, se ADJUDICA a los oferentes detallados a continuación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
El acta declara RD$8,850,000.00, cifra que coincide con el monto estimado del portal, pero la suma de los 70 totales individuales de la tabla es RD$8,700,000.00. La diferencia de RD$150,000 debe conciliarse con el informe económico o los registros de adjudicación; el cálculo se basa en los totales por proveedor para los tres meses.
“por un monto total ascendente a la suma de OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$8,850,000.00)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 24 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas
Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El portal registra publicación y cierre de ofertas el 31 de marzo de 2026. Para las excepciones, el Reglamento fija al menos tres días hábiles entre convocatoria y recepción, salvo emergencia, seguridad nacional, urgencia o compra de bienes en condiciones excepcionalmente favorables; el acta identifica el proceso como selección directa de publicidad, por lo que debe verificarse si el cronograma registrado refleja el plazo efectivamente aplicado.
“se comprobó que estamos ante un PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DIRECTA PARA LA CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD EN MEDIOS O PLATAFORMAS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y DIGITAL.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona