El informe justificativo, fechado el 20 de marzo de 2026, solicita aprobar la selección directa de 25 proveedores para colocar publicidad en televisión, radio y medios digitales durante el período del 25 de abril al 25 de julio de 2026. Consigna un monto total de RD$10,852,400.00 y fundamenta la necesidad en la divulgación de información gubernamental y el alcance de los medios seleccionados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe caracteriza a los proveedores como idóneos por su alcance, cobertura, audiencia y afinidad, pero no presenta métricas, evidencias o análisis que vinculen esos criterios con cada medio ni respalden las tarifas indicadas. Dado que este documento justifica la excepción, conviene verificar en el expediente el soporte técnico y económico de la selección.
“En tal sentido, se presenta la siguiente guía de 25 proveedores, los cuales representan medios idóneos en función de su alcance, cobertura, audiencia y afinidad con los públicos objetivos, conforme con la estrategia comunicacionai, por un m”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
El informe justificativo consigna RD$236,000 por el banner en Civismomagazine.com (ítem 17). Las estimaciones de otros procesos para el mismo tipo de ítem sitúan la mediana en RD$47,200 y el rango central hasta RD$94,400; se trata de estimados, no de precios pagados, y el cruce registra además un estimado distinto (RD$130,000) para este proceso, por lo que la diferencia amerita verificar el alcance, la duración y la comparabilidad del espacio.
“RD$236,000.00 [cédula] Periódico digital a través de banner en: Civismomagazine.com”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Oferentes que registra (25)
25 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Willye Antonio Hierro FernándezEl informe lo incluye como proveedor del espacio publicitario; según los antecedentes del proceso, fue adjudicado.
Adjudicado
—
RD$177,000
Germán Ramón Batista RodríguezEl informe lo incluye como proveedor del espacio publicitario; según los antecedentes del proceso, fue adjudicado.
Adjudicado
—
RD$236,000
Claudio González DíazEl informe lo incluye como proveedor del espacio publicitario; según los antecedentes del proceso, fue adjudicado.
Adjudicado
—
RD$212,400
Neuronas Del Jaya, SRLEl informe lo incluye como proveedor del espacio publicitario; según los antecedentes del proceso, fue adjudicado.
Adjudicado
—
RD$212,400
Yohanni Altagracia Medina JiménezEl informe la incluye como proveedora del espacio publicitario; según los antecedentes del proceso, fue adjudicada.
Adjudicado
—
RD$118,000
Radio Ideal, SRLEl informe la incluye como proveedora del espacio publicitario; según los antecedentes del proceso, fue adjudicada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona