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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO CONDICIONES AULA LABORATORIO REGION NORTE CP-2026-0002. FINAL.pdf

INSTALACIÓN DE UN AULA DE LABORATORIO PARA CAPACITACIÓN REDES DE DATOS Y TELECOMUNICACIONES EN CENTROS DE EDUCACIÓN TÉCNICA DEL NIVEL MEDIO EN LA REGIÓN NORTE: INSTITUTO TECNOLÓGICO MÉXICO, SANTIAGO… · Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones

Publicado el 7 abr de 202651 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDOTEL-CCC-CP-2026-0002

Lo que dice

El pliego de abril de 2026 establece las condiciones técnicas, requisitos de participación y evaluación para proveer e instalar un aula-laboratorio de redes en el Instituto Tecnológico México, Santiago. Fija un presupuesto estimado de RD$5,640,000.00 y adjudicación al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos; el cierre de ofertas se indica para el 16 de abril de 2026. Según el portal, el procedimiento fue declarado desierto posteriormente.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Requisito de cinco años de experiencia del oferente

Documento del 7 abr 2026 · hace 6 meses

Se exige un mínimo de cinco años de experiencia en implementación de redes cableadas e inalámbricas, para un contrato estimado en RD$5,640,000.00. Conviene verificar que el umbral de antigüedad sea proporcional y esté justificado por la complejidad de las prestaciones, pues puede excluir empresas técnicamente capaces con menor trayectoria.

“Mínimo 5 años de experiencia comprobada en … implementación de redes cableadas e inalámbricas en entornos empresariales, educativos o institucionales similares” (págs. 21-22)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito de actividades comerciales del RPE ambiguo y amplio

Documento del 7 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego enumera numerosos códigos de actividad para el RPE y los presenta como requisito de elegibilidad, aunque luego califica otras actividades como “preferiblemente”. La falta de claridad sobre si deben constar todos los rubros puede generar exclusiones dispares y exigir que un oferente cubra actividades muy diversas, desde redes hasta mobiliario y climatización.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial bajo el rubro -clase- – – - – – – – – - – – – – – – – – –” (pág. 19)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Certificación del fabricante limitada a emisión reciente

Documento del 7 abr 2026 · hace 6 meses

Se pide una certificación del fabricante que habilite al oferente para comercializar los equipos y que haya sido emitida dentro de los 40 días previos. La exigencia puede restringir la participación de distribuidores autorizados con certificaciones vigentes de mayor antigüedad; conviene comprobar su necesidad y proporcionalidad para este objeto.

“Certificación por parte del fabricante de los equipos, emitida en un plazo no mayor a cuarenta (40) días, donde demuestre que está habilitado para comercializar los equipos propuestos.” (pág. 22)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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El requisito de Wi-Fi no refleja el estándar Wi-Fi 6 descrito como objetivo

Documento del 7 abr 2026 · hace 6 meses

La justificación y el objetivo del proyecto describen Wi-Fi 6/IEEE 802.11ax, pero la especificación del punto de acceso enumera estándares hasta 802.11ac y no exige 802.11ax. Esta diferencia podría permitir una solución inferior a la planteada como objetivo y debe aclararse para que las ofertas sean comparables.

“Incluye switching y routing de nivel empresarial, cortafuegos NGFW, Wi-Fi 6 gestionado... ... Estándar Wi-Fi 802.11a/b/g/n/ac.” (págs. 4-10)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones con elementos asociados a ecosistemas de fabricante

Documento del 7 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego combina protocolos y módulos muy específicos (incluidos EIGRP, OMP/AAR y una interfaz Async de 16 puertos) con el requisito de que periféricos de las computadoras sean de la misma marca. La combinación puede reducir el conjunto de soluciones compatibles; conviene verificar en el estudio de mercado si existen alternativas equivalentes y suficientes proveedores.

“Protocolos soportados: IPv4, IPv6, static routes, OSPF, EIGRP, BGP, OMP, AAR, Traffic Engineering, zero trust, whitelisting, DTLS/TLS, IPsec, ACLs, NAT, VRRP, MPLS, DHCP, SNMP, NTP, DNS, SSH, SCP, NETCONF, BFD, SLA para AAR, multi-VRF, OSPF” (pág. 9)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

A revisarHallazgo en documentos

Se prohíbe toda subcontratación

Documento del 7 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego impide subcontratar cualquier tarea, aunque el objeto integra equipos, instalación, cableado, soporte y capacitación. La prohibición total puede limitar la participación de proveedores que acrediten capacidad para ejecutar el contrato coordinando especialistas; procede revisar su justificación y su efecto sobre la competencia.

“El(la) contratista no podrá subcontratar la ejecución las tareas comprendidas en este pliego de condiciones.” (pág. 37)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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