El 19 de marzo de 2026, el Comité de Compras y Contrataciones de la Policía Nacional aprobó la evaluación económica y adjudicó los cuatro renglones de rotulación a Melvin Azarias Herrera Contreras por RD$5,433,428. El acta indica que la contratación estaba dirigida exclusivamente a MIPYMES y registra la decisión unánime del comité.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (14 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta atribuye al artículo 61, párrafo 2, del Reglamento 52-26 una regla de adjudicación; ese artículo regula la participación en consorcio. Además, el pliego consignado en el expediente establece adjudicación por menor precio, mientras que el acta enumera calidad e idoneidad entre los elementos considerados; conviene verificar que la decisión aplicó el criterio publicado y no uno distinto.
“CONSIDERANDO: Que el artículo […] párrafo 2 Decreto 52-26 que emite el Reglamento de Aplicación de la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas.., establece que: (...) La adjudicación se hará a favor del oferente cuya propuesta cumpla con los…”
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Conecta la señal ya detectada de oferta única: el acta adjudica los cuatro renglones al oferente registrado como único participante, por RD$5,433,428. Esto significa que no hubo comparación efectiva entre ofertas para el monto adjudicado; por sí solo, no acredita una irregularidad.
“El Comité de Compras y Contrataciones de la Policía Nacional ADJUDICA, a las empresas detalladas más abajo, por ser las más convenientes para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta la calidad e idoneidad de la oferta…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
MELVIN AZARIAS HERRERA CONTRERASAdjudicado por ser considerado más conveniente para los intereses institucionales y del país, considerando calidad, idoneidad y precio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona