La Resolución núm. 068-2026 cancela la licitación pública nacional IDAC-CCC-LPN-2026-0002, convocada para adquirir e instalar un sistema DVOR/DME para el Aeropuerto Internacional de Cabo Rojo. El Comité fundamenta la decisión en deficiencias de la ficha técnica que, según el acta, impedían comparar objetivamente las ofertas; ordena revisar el pliego y relanzar el procedimiento. La resolución fue firmada el 1 de abril de 2026 y consigna que aún no se había emitido adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité consigna que ya había abierto y contrastado las ofertas técnicas antes de cancelar por deficiencias de la ficha, y ordena relanzar el proceso. Conviene verificar que la revisión y las bases de la nueva convocatoria preserven la igualdad y no incorporen información técnica no pública obtenida de las propuestas; el documento no acredita que haya ocurrido tal uso.
“Que el procedimiento de Licitación Pública Nacional núm. IDAC-CCC-LPN-2026-0002 alcanzó la fase de apertura del Sobre A, lo que permitió acceder al contenido técnico de las ofertas, y contrastarlo, ya no en abstracto, sino frente a solucion”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La resolución ordena relanzar la contratación tras cancelar la licitación pública. Según los datos del portal aportados, el 11 de mayo de 2026 se publicó para el mismo objeto y monto estimado de RD$186,100,000 un procedimiento de excepción que figura adjudicado y celebrado. La diferencia de modalidad merece verificar la causa y su sustento en el expediente posterior; este documento no explica esa selección.
“TERCERO: DISPONER el relanzamiento del procedimiento de contratación, una vez culminado el proceso de revisión técnica, bajo condiciones que garanticen claridad en las especificaciones, comparabilidad de ofertas y una participación efectiva”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 46 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona