La Resolución CCC-058-2026, de 2026-03-31, aprobó la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso MIDEREC-CCC-CP-2026-0012. Cambió la presentación de ítems a un lote único, precisó la evaluación por cumplimiento y menor precio, incorporó reglas de desempate y agregó el modelo de contrato como anexo. El documento también consigna que la apropiación presupuestaria era de RD$5,000,000.00 frente a un presupuesto base de RD$5,600,000.00; no indica en su parte dispositiva que esa diferencia se haya corregido.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución consigna un presupuesto base de RD$5,600,000.00 y una certificación de apropiación de RD$5,000,000.00, pero no registra en su parte dispositiva que se haya ajustado la certificación. Además, el portal registra un contrato por RD$5,096,000.00, cifra superior a la apropiación citada; corresponde verificar si hubo una certificación posterior que cubriera ese monto.
“Se verificó que el pliego de condiciones establece un monto total de RD$5,600,000.00, mientras que la certificación de apropiación presupuestaria asciende a RD$5,000,000.00, evidenciándose una diferencia entre ambos documentos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El portal registra la última enmienda el 2026-04-02 y el cierre de ofertas el 2026-04-06. La resolución modifica la organización por ítems/lote y reglas de evaluación y adjudicación, pero no dispone una extensión; dado que el propio documento reproduce la regla de extender el plazo para cambios posteriores al 75% del período, debe verificarse si se amplió el tiempo efectivo para preparar ofertas y formular consultas.
“Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas. deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio introduc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
3. Descripción del bienEstructura de presentación de la contratación
La descripción del bien se organizaba por ítems: un renglón para dos tableros.
La descripción se organiza como Lote 1, por dos tableros.
Aclara
4/5. Presupuesto baseIdentificación de la base presupuestaria por unidad de adjudicación
El precio estimado de RD$5,600,000.00 se mostraba asociado a ítems.
El precio estimado de RD$5,600,000.00 se muestra asociado al Lote 1.
Aclara
12. Metodología de evaluaciónEvaluación de ofertas
La metodología se describía de forma general como evaluación de documentación y cumplimiento sustancial del pliego.
Se establece metodología Cumple/No Cumple para verificar requisitos legales, técnicos y financieros.
Aclara
13. Metodología y criterios de evaluación de oferta económicaReferencia para evaluar el precio
Se comparaba la oferta económica con el valor estimado total de todos los ítems.
Se compara la oferta económica con el valor estimado del lote único.
Aclara
14/13. Criterio de adjudicaciónAdjudicación y ofertas únicas
Se adjudicaba al oferente técnicamente conforme con menor precio; si había una sola oferta, se condicionaba la adjudicación a que resultara conveniente a los intereses de la institución.
Se define el objeto como un lote único y se adjudica al oferente que cumpla los requisitos y presente el menor precio; ya no aparece la cláusula específica para una sola oferta.
Relaja
6. Criterio de desempateDesempate entre ofertas de igual precio
El documento indica que el acápite fue agregado; no consigna un criterio previo.
Se establece preferencia sucesiva por contratación de personas con discapacidad, responsabilidad ambiental y subcontratación de MIPYMES u otros sectores priorizados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona