El Acta A.S.P. núm. 0005/2026, de 2026-02-16, establece el perfil y los criterios para seleccionar al menos tres peritos —técnico, financiero y legal— para el proceso de mantenimiento y reparación de vehículos del MITUR. Solicita a Recursos Humanos verificar la disponibilidad de personal calificado y, si no lo hay, comunicarlo al Comité para gestionar asistencia externa.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta enumera cuatro asistentes, cuyas funciones corresponden a Planificación, Administración, Jurídica y Libre Acceso a la Información; no identifica entre ellos a la máxima autoridad o su representante como presidente. El Reglamento exige la presencia del presidente para iniciar y deliberar, por lo que merece verificarse cómo se integró el quórum y quién presidió la sesión.
“Que antes de iniciar la sesión, se constató la presencia de los miembros del Comité Contrataciones Públicas y se determinó que existe quórum suficiente para iniciar las deliberaciones propias de los puntos agendados, donde asistieron: Merly”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la verificación formal de certificación de formación de la DGCP a la acreditación de haber cursado al menos un programa..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El acta plantea solicitar asistencia de personal externo si MITUR no cuenta con personal calificado. El Reglamento contempla primero solicitar apoyo de una institución pública especializada y permite personal externo si ello no es posible; el acta no precisa esa secuencia, por lo que conviene verificar cómo se aplicaría antes de recurrir a personal externo.
“En caso de que este Ministerio de Turismo no cuente con servidores públicos calificados, la Dirección de Recursos Humanos deberá emitir un oficio dirigido a este Comité indicando dicha situación, a fin de requerir asistencia de personal ext”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 90 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 90 — Identificación de los candidatos para fungir como peritos
Artículo 90.- Identificación de los candidatos para fungir como peritos. El área de recursos humanos, en coordinación con la unidad requirente, debe verificar si la institución cuenta con servidores públicos que cumplan el perfil para fungir como peritos. En caso afirmativo, las propuestas deben ser presentadas al órgano competente para conducir el procedimiento, sea el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa. Párrafo I. Las instituciones contratantes pueden crear un registro de peritos para facilitar su selección, atendiendo a la naturaleza y tipo de contratación que se requiera. Párrafo II. La prestación de servicios como peritos por parte de los servidores…
Criterios de selección de peritosFormación de los peritos
El Reglamento 52-26, art. 92, establece como requisito estar certificado en los programas de formación de la DGCP; permite la designación inicial sin certificación, con capacitación continua.
El acta admite estar certificado o contar con al menos un programa de formación de la DGCP.
RelajaQuita un control: Reduce la verificación formal de certificación de formación de la DGCP a la acreditación de haber cursado al menos un programa.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona