El Comité de Compras y Contrataciones del CONANI, en el acta del 27 de marzo de 2026, declaró válida la propuesta económica de Nidia Yolanda Santana Sánchez y le adjudicó el alquiler del inmueble para el Hogar de Paso Los Angelitos por cuatro años. El monto adjudicado es RD$14,457,643.20, con pagos mensuales de RD$259,600.00 y un incremento anual del 10%; la decisión se adoptó por unanimidad.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra el contrato como activo, confirmado y enviado el 26/03/2026, mientras que el acta consigna la adjudicación el 27/03/2026. Si la fecha del portal corresponde a la formalización del contrato y no a su registro o carga, conviene verificar la secuencia documental.
“En el CONSEJO NACIONAL PARA LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA (CONANI), ubicado en la avenida Máximo Gómez núm. 154, esquina República de Paraguay, ensanche La Fe, ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Domin”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 127 · Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 127 — Efectos de la adjudicación
Artículo 127.- Efectos de la adjudicación. Efectuada la notificación al adjudicatario y demás participantes, esta generará derechos y obligaciones para la institución contratante y para el adjudicatario a exigir la suscripción del contrato o emisión de orden de compra o de servicio.
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
El acta adjudica RD$14,457,643.20, igual al monto estimado del portal; el portal registra una sola oferta y un solo proveedor. El monto mensual más el incremento anual del 10% puede explicar la cifra total, pero, al tratarse de una selección directa, resulta útil verificar la razonabilidad del precio frente al mercado.
“SEGUNDO: ADJUDICAR, al (a la) proveedor (a): Nidia Yolanda Santana Sánchez, de acuerdo con lo detallado a continuación: … RD$14,457,643.20”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Nidia Yolanda Santana SánchezPropuesta económica declarada válida y adjudicación del alquiler del inmueble por cuatro años.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona