El informe pericial de marzo de 2026 recomienda al Comité de Compras utilizar la excepción por publicidad para contratar 16 espacios en televisión, radio y plataformas digitales durante seis meses, con un presupuesto total de RD$8,865,000. Prevé pagos mensuales por servicios consumidos y monitoreo de las colocaciones; también indica que se exigiría garantía de fiel cumplimiento cuando la adjudicación supere el equivalente a US$10,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe fija un total de RD$8,865,000 y presenta 16 espacios. Las 17 líneas de ítems del portal suman RD$9,315,000, una diferencia de RD$450,000; podría tratarse de una duplicación o clasificación incorrecta, por lo que conviene conciliar el presupuesto y los ítems del proceso.
“Total DOP 8,865,000”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Noticias al Momento, S.R.L.
Identificada como proveedora de un espacio digital en el informe; este documento no adjudica.