El pliego de marzo de 2026 establece una contratación simplificada para adquirir equipos y útiles de apoyo a emprendedores MIPYMES, con presupuesto referencial de RD$5,608,000.00, dividido en dos lotes de RD$3,488,500.00 y RD$2,119,500.00. Fija evaluación técnica y financiera de cumple/no cumple y adjudicación por menor precio; exige, entre otros requisitos, experiencia, referencias de suministros y crédito mínimo de 60 días. El documento describe dos lotes, aunque la ficha del portal indica que el proceso no es por lotes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego indica que el procedimiento se divide en dos lotes, mientras que la ficha del portal lo registra como «no» por lotes. La discrepancia puede afectar la comprensión de las reglas de oferta y adjudicación; debe contrastarse con la ficha y los documentos publicados en el sistema, teniendo en cuenta que el portal puede actualizarse con retraso.
“Por tratarse de un procedimiento dividido en dos (2) lotes, es preciso desglosar el valor referencial detallado para cada lote, a saber:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 31 · Ley 47-25, art. 179 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 31 — Transparencia y publicidad de las actuaciones
Artículo 31.- Transparencia y publicidad de las actuaciones. Todos los procedimientos de contratación pública deberán efectuarse en un marco de transparencia plena que garantizado por la supervisión institucional y la fiscalización de la sociedad. Párrafo.- Los funcionarios y servidores públicos que deliberadamente incumplan las reglamentaciones de publicidad y acceso a las informaciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y demás normativas, se harán sujetos de las sanciones disciplinarias o penales que correspondan.
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Para un proceso reservado a MIPYMES y con presupuesto de RD$5,608,000, el pliego requiere tres años de experiencia, al menos tres certificaciones o contratos similares, dos referencias de recepción conforme y crédito mínimo de 60 días. La acumulación de estas condiciones puede reducir la participación; corresponde verificar su proporcionalidad con el objeto y el valor de cada lote.
“Experiencia como proveedor (SNCC.D.049) con el fin de acreditar mínimo tres (3) años de experiencia conforme al objeto de contratación. Esto mediante la presentación de al menos tres (3) certificaciones emitidas por la institución”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego exige que los oferentes estén al día con sus obligaciones fiscales y de seguridad social. La Ley permite participar a las MIPYMES con atrasos que no superen seis meses, bajo las condiciones previstas; la exigencia general del pliego puede excluir a empresas que podrían acogerse a esa regla.
“Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución. Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social
Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…
El pliego establece hasta 60 días calendario para pagar desde la remisión de facturas. La Ley fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que el plazo consignado merece revisión frente a esa regla.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de (60) sesenta días calendarios contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego permite desembolsar el anticipo dentro de los 45 días hábiles posteriores a la firma. La Ley dispone un anticipo del 30% con la suscripción del contrato, por lo que el plazo previsto puede postergar el flujo de caja que la regla busca asegurar a las MIPYMES.
“este pago se hará en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la firma del Contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego limita inicialmente la adjudicación a un lote por oferente, pero permite lotes adicionales si quedan sin adjudicar, tomando como referencia condiciones que «satisfagan los intereses institucionales». No define cómo se compararán esas condiciones, lo que deja un margen de decisión que conviene precisar antes de evaluar ofertas.
“El oferente podrá ofertar por todos los lotes por los cuales desee participar, pero solo podrá ser adjudicado un LOTE POR OFERENTE, En caso de que por los criterios de adjudicación disponibles exista la posibilidad de quedar lotes sin adjud”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
La ficha de licuadora exige «Programas Auto-iQ», denominación asociada a una tecnología comercial específica, sin que el fragmento citado prevea equivalencia funcional. Conviene verificar si existe una justificación técnica y si pueden ofertarse productos equivalentes para mantener la competencia.
“Programas Auto-iQ (operación rápida)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El pliego exige una garantía de seriedad, pero también establece que para MIPYMES no se requiere esa garantía. Como el proceso está reservado a MIPYMES según el portal, la contradicción puede generar incertidumbre o una barrera de participación para los oferentes comprendidos en la reserva.
“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta… 2. No se requerirá la garantía de seriedad de oferta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El presupuesto referencial de RD$5,608,000 queda RD$36,812.73 por debajo del máximo de RD$5,644,812.73 para bienes y servicios bajo la tabla vigente hasta el 31/03/2026. La modalidad es compatible con el umbral, pero la proximidad justifica verificar el cálculo del valor estimado y su respaldo en los estudios de mercado.
“El valor referencial para esta contratación asciende a (cinco millones seiscientos ocho mil pesos dominicanos con 00/100) (RD$ 5,608,000.00)”
El lote 2 reúne, entre otros, equipos de manicura, un carro exhibidor de frutas, utensilios de cocina y una máquina de coser industrial, y el pliego no admite ofertas parciales por artículo. La agrupación puede excluir proveedores especializados en solo una parte del lote y merece cotejo con los estudios previos y la justificación de la lotificación.
“No serán admitidas ofertas parciales u ofertas incompletas e inconsistentes con los bienes/artículos solicitados.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El portal registra para Inversiones Doralex una oferta de RD$0 con estado cargada/pendiente y, a la vez, un contrato activo por RD$1,965,005. Puede tratarse de un registro incompleto o desactualizado; conviene verificar el monto ofertado y la correspondencia entre oferta, adjudicación y contrato en el expediente.
“La Adjudicación será decidida por Lote a favor del Oferente/Proponente cuya propuesta cumpla con los requisitos exigidos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona