El pliego, fechado el 13 de febrero de 2026, establece una contratación simplificada de servicios de catering para el Ayuntamiento de Santo Domingo Este, con presupuesto base de RD$5,600,000 y ejecución a requerimiento. Dirige el proceso a MIPYMES mujer del municipio y fija requisitos de capacidad, experiencia, degustación y evaluación técnica y económica. Entre las condiciones consignadas figuran un plazo de pago de hasta 90 días y un anticipo para MIPYMES dentro de los 30 días siguientes a la firma.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para un contrato con presupuesto base de RD$5,600,000, el pliego exige cinco años de experiencia y al menos tres constancias de servicios de catering expedidas por instituciones públicas, además de comprometer capacidad para atender aproximadamente a más de 2,500 personas. La combinación puede restringir la concurrencia, en particular para proveedores con experiencia privada, y merece revisión de proporcionalidad respecto del alcance previsto.
“El oferente deberá presentar un mínimo de tres (3) constancias de entrega satisfactoria de servicios de catering, expedidas por instituciones públicas, en las que se evidencie el cumplimiento adecuado de los compromisos asumidos. … El tiemp”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Entre la convocatoria del 27 de marzo y el cierre del 7 de abril de 2026 hay como máximo ocho días hábiles, y siete si se excluye el Viernes Santo. El servicio incluye menús y montajes adaptados a eventos y una degustación evaluada técnicamente; si se considera no común ni estandarizado, el mínimo reglamentario es de diez días hábiles.
“Las propuestas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el día 7 de abril del 2026, 15:00 p. m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
El pliego fija hasta 90 días para pagar desde la remisión de las facturas. La Ley 47-25 establece un plazo máximo de 30 días desde que se genere la condición de pago y se presente el requerimiento; la diferencia afecta el flujo de pago del proveedor.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de 90 días, contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
La evaluación asigna tres puntos por numeral a aspectos como creatividad, diseño, higiene y calidad de la degustación, pero no especifica una escala verificable para asignar esos puntos. Al tratarse de criterios cualitativos que integran la calificación, corresponde revisar cómo se limitaría la discrecionalidad al valorar las ofertas.
“Puntuación máxima (3 punto para cada Numeral) … Se valorará que la propuesta de montaje sea coherente con la naturaleza institucional del evento, evidenciando:”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
La portada del pliego indica que el proceso está dirigido a MIPYMES mujer y a oferentes del municipio, y el pliego exige certificación MIPYME mujer; el portal registra que no está reservado a MIPYMES. Debe verificarse que la convocatoria y la configuración del proceso comunicaran de forma consistente quién podía participar.
“DIRIGIDO A MIPYMES MUJER Dirigido a oferentes del Municipio de Santo Domingo Este … Certificación MIPYMES mujer, (Subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 99 — Informaciones en la convocatoria
Artículo 99.- Informaciones en la convocatoria. Con la convocatoria deberán hacerse disponibles las informaciones siguientes: 1) La modalidad de la convocatoria, en tanto sea nacional o internacional; 2) Identificación de la institución que convoca; 3) Objetivo de la contratación, indicando la descripción, cantidad y el lugar de entrega de los bienes a suministrarse o la descripción y ubicación de las obras que hayan de efectuarse o la descripción de los servicios requeridos; 4) El procedimiento de selección; 5) El lugar o medio para obtener el pliego de condiciones, que debe ser gratuito; 6) La fecha y hora límite, y el lugar o medio previsto para la presentación de propuestas; 7) La…
El pliego permite desembolsar el anticipo dentro de los 30 días siguientes a la firma, mientras la Ley 47-25 dispone un anticipo del 30% con la suscripción. El propio pliego también señala en otra cláusula que se otorgará con la suscripción, por lo que conviene aclarar cuál condición rige.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el pliego de condiciones, que asciende a 30% de anticipo descrito para los proveedores certificado como Mipymes, se realizara en un”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego asigna 87 puntos a la oferta técnica y, en un pasaje, 10 puntos a la económica; en otro indica que el máximo económico es 13 puntos y desglosa 10 más 3. Aunque el desglose permite inferir 13, la discrepancia puede afectar la aplicación uniforme del puntaje y el orden de adjudicación.
“El puntaje máximo a alcanzar para el oferente proponente será de cien (100) puntos, los cuales se obtendrán de la suma de la evaluación: La Propuesta técnica, con un valor de puntaje de ochenta y siete (87), más un puntaje de diez (10) a la”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona