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Abriendo la ficha…

Informe pericial · Acta 0001-2026

Acta de Inicio 001.pdf

SOLICITUD CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA QUE SUMINISTRE LOS SERVICIOS DE CATERING PARA LAS DIVERSAS ACTIVIDADES DEL AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO ESTE · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 11 mar de 2026Fechado el 10 feb de 20264 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-CP-2026-0001

Lo que dice

El Acta de Inicio núm. 0001-2026, de fecha 11 de febrero de 2026, aprueba contratar servicios de catering mediante contratación simplificada y designa tres peritos para preparar el pliego y evaluar las ofertas. El documento no consigna el monto estimado ni adjudica el proceso.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Composición del comité: no se identifica representación de planificación

Documento del 11 mar 2026 · hace 7 meses

El acta enumera cinco integrantes, pero no identifica a un titular o representante del área de planificación, que forma parte de la composición prevista para los comités locales; incluye en su lugar a un Secretario Técnico. Conviene verificar si este último ejercía también la función de planificación.

“Dicho comité se encuentra integrado por los señores: Madeleine Capellán, Directora de Gabinete, actuando como Presidenta del Comité de Compras y Contrataciones; Manuel Antonio Jiménez, Encargado de la Oficina de Libre Acceso a la Informació”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · Reglamento 52-26, art. 16 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales

Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 16 — Comités de Contrataciones Públicas locales

Artículo 16.- Comités de Contrataciones Públicas locales. Los Comités de Contrataciones Públicas de los gobiernos locales se integran de conformidad con lo previsto en el artículo 197 de la Ley núm. 47-25. En caso de que la estructura orgánica de algún gobierno local no permita dicha integración, se pueden aplicar las reglas de integración simplificada previstas en este reglamento.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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ContextoHallazgo en documentos

Perfil del perito técnico por verificar

Documento del 11 mar 2026 · hace 7 meses

El acta designa como perito técnico a un Enlace Administrativo y no consigna su formación o experiencia técnica en catering. Corresponde verificar que el perfil asignado satisfaga el requisito de conocimientos en el objeto contractual.

“Ana Carolina Alcequiez Peguero, Enlace Administrativo del Ayuntamiento de Santo Domingo Este, quien desempeñará las funciones de perito técnico.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · Reglamento 52-26, art. 92 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 92 — Requisitos para ser perito

Artículo 92.- Requisitos para ser perito. Para ser designado como perito se requiere: 1. Ser mayor de edad y encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; 2. Pertenecer a la institución contratante o, en su defecto, siendo personal externo, cumplir con las condiciones de selección previstas en este reglamento; 3. Poseer título profesional, técnico o experiencia comprobada en el objeto contractual del procedimiento; 4. Estar certificado en los programas de formación de la Dirección General de Contrataciones Públicas; 5. Haber suscrito la declaración de intereses, de conformidad con lo previsto en el artículo siguiente. Párrafo. La institución contratante debe procurar…

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (8)

  • CERTIFICACIÓN FONDOS.pdfCertificación de fondos · 11 mar de 2026
  • REQUERIMIENTO.pdfSolicitud de compra · 11 mar de 2026 · 1 señal
  • Pliego de condiciones.pdfPliego · 27 mar de 2026 · 7 señales
  • FORMULARIOS.rarDocumento · 27 mar de 2026
  • ACTA DE APROBACION AL PLIEGO.pdfPliego · 27 mar de 2026
  • AVISO DE LIMITACIÓN.pdfDocumento · 1 abr de 2026
  • catering.pdfDocumento · 29 abr de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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