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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones.pdf

Adquisición de tickets de combustible para la flotilla vehicular de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado · Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado

Publicado el 25 mar de 2026Fechado el 8 mar de 202637 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTECT-CCC-CP-2026-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 9 de marzo de 2026, establece las condiciones de la contratación simplificada UTECT-CCC-CP-2026-0001 para adquirir tickets de combustible por un valor referencial de RD$5,500,000. Fija como criterio de adjudicación el menor precio asociado al mayor descuento y prevé la entrega de los tickets dentro de 15 días; el cronograma establece recepción de ofertas hasta el 6 de abril de 2026.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego excluye empresas por compartir accionistas

Documento del 25 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego impide la participación simultánea de empresas que coincidan en algún socio, sin requerir que sean la misma persona oferente ni que exista una determinación de participación múltiple o control común. La Ley prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona y regula expresamente los consorcios, por lo que esta condición adicional puede reducir la concurrencia.

“De igual manera, no podran participar simultaneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan cn alguno de los socios. En ese sentido, deberan participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio de aprobación del índice de endeudamiento contradictorio

Documento del 25 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego fija como límite un índice de endeudamiento menor que 1.50, pero las reglas de cumple/no cumple que siguen presentan desigualdades incompatibles e invertidas. La contradicción deja incierto qué resultado financiero habilita al oferente y puede producir evaluaciones distintas.

“Limite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

El pliego condiciona el perfeccionamiento a la publicación y registro

Documento del 25 mar 2026 · hace 6 meses

El pliego indica que el contrato se perfecciona cuando se publica y, para ciertas instituciones, cuando también se registra en la Contraloría. La Ley establece que el perfeccionamiento ocurre con la formalización; la condición adicional puede generar incertidumbre sobre cuándo nacen los efectos contractuales.

“El contrato se considerara perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de la Unidad Tecnica Ejecutora de Titulacion de Terrenos del Estado, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles luego de su suscripcio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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ContextoHallazgo en documentosRD$5.5 millones

Requisitos financieros acumulados requieren revisar su proporcionalidad

Documento del 25 mar 2026 · hace 6 meses

Para esta adquisición de bienes por RD$5,500,000, el pliego exige estados financieros comparativos de dos ejercicios, dictamen de firma de auditoría y umbrales para tres índices financieros, además de declaraciones tributarias y referencias bancarias. Corresponde verificar que el conjunto de exigencias sea proporcional al valor y naturaleza del suministro y no limite irrazonablemente la participación.

“Estados Financieros de los dos (02) ultimos anos de ejercicios contables consecutivos y comparatives, firmados por un Contador Publico Autorizado (CPA) y acompanados del dictamen de una flrma de auditoria, donde se verificara lo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (16)

  • Acta de aprobacion.pdfInforme pericial · 25 mar de 2026 · 2 señales
  • Acta de inicio.pdfPliego · 25 mar de 2026 · 1 señal
  • COMPROMISO ETICO DE PROVEEDORES.docxDocumento · 25 mar de 2026
  • Especificaciones tecnicas.pdfPliego · 25 mar de 2026 · 3 señales
  • Formulario de Informacion del Oferente.docxDocumento · 25 mar de 2026
  • formulario oferta Economica.docxDocumento · 25 mar de 2026
  • Modelo CONTRATO DE BIENES .docxContrato · 25 mar de 2026
  • SNCC F034 Presentacion de Oferta.docxDocumento · 25 mar de 2026
  • Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 25 mar de 2026
  • Declaracion Jurada.pdfDocumento · 26 mar de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 11 may de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdf

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Acta de adjudicación · —
  • ACTA NOTARIAL APERTURA OFERTA ECONOMICA.pdfActa · —
  • Contrato.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • INFORME PERICIAL EVALUACION ECONOMICA.pdfInforme de evaluación · —