El Acta UTECT-2026-0012, de fecha 2026-03-06, aprueba el procedimiento de contratación simplificada para adquirir tickets de combustible y designa tres peritos de las áreas de transportación, administración financiera y almacén para preparar las especificaciones y el pliego. También apodera al Departamento Administrativo Financiero para iniciar el procedimiento. Según los datos del portal, el proceso se convocó el 2026-03-26 con un monto estimado de RD$5,500,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta designa tres peritos y describe sus funciones como encargado de Transportación, coordinadora administrativa financiera y auxiliar de Almacén y Suministro, pero no identifica un perito legal. La Ley y el Reglamento prevén, como mínimo, un perito legal, uno financiero y uno técnico; corresponde verificar cómo se cubrió esa función en el procedimiento.
“DESIGNAR, como al efecto DESIGNA, a los peritos Jose Mercedes Pujols Feliz, Encargado de la Seccion de Transportacion ; Gleny Sanchez, Coordinadora Departamento Administrativo Financiero: y Eddy Francisco Lopez Rodriguez, Auxiliar de Almace”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
El acta indica que los peritos manifestaron ausencia de conflicto, pero que lo harán constar mediante declaración jurada. El Reglamento dispone que esa declaración debe suscribirse antes de la designación; conviene comprobar su fecha e incorporación al expediente.
“Que conforme lo establece el articulo 91, del Decreto Num. 52-26, los sehores Jose Mercedes Pujols Feliz, Gleny Sanchez y Eddy Francisco Lopez Rodriguez, han manifestado ausencia de conflicto de interes en este proceso y asi lo haran consta”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 93 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 93 — Declaración de intereses
Artículo 93.- Declaración de intereses. Previo a su designación, cada perito debe suscribir una Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de Interés, conforme al modelo aprobado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. De igual modo, los peritos deben presentar una declaración de interés adicional si se identifica un posible conflicto de interés sobrevenido cuando un interesado realice una pregunta en la etapa de aclaraciones, cuando se presente una oferta o en cualquier momento del ciclo contractual. Párrafo II. Las declaraciones deben incorporarse al expediente administrativo y su falsedad es causal de exclusión inmediata y de la nulidad de las actuaciones en las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona