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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

Informe justificativo PEOR-0006.pdf

Contratación de Cursos Especializados para la Capacitación para colaboradores de diferentes áreas del MINERD. · Ministerio de Educación

Publicado el 24 mar de 2026Fechado el 18 mar de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEOR-2026-0006

Lo que dice

El informe, fechado el 19 de marzo de 2026, justifica contratar directamente a la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra para impartir dos cursos a 30 colaboradores del MINERD, invocando la causal de proveedor único y la excepción para universidades y centros de investigación. Afirma que la institución es la única que ofrece conjuntamente esos contenidos y que posee derechos sobre el programa, pero no identifica en el informe una acreditación de esos derechos ni evidencia de la consulta al mercado.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

Exclusividad y derechos invocados sin soporte identificado en el informe

Documento del 24 mar 2026 · hace 6 meses

El informe afirma que no hay otra institución que ofrezca la combinación de cursos y que PUCMM posee los derechos del programa, pero no identifica una patente, licencia, certificación ni consulta de mercado que sustente esas afirmaciones. Conviene verificar si los soportes constan en el expediente, pues el reglamento requiere evidencia y análisis para sustentar la excepción.

“No se ha identificado en el mercado nacional otra institución académica que ofrezca una capacitación que integre de manera simultánea estos dos componentes (gestión operativa y protocolo institucional), con un enfoque práctico y adaptado a ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 166 · Reglamento 52-26, art. 170 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 170 — Condiciones particulares del informe de justificación para la contratación directa de instituciones de educación superior y centros de investigación

Artículo 170.- Condiciones particulares del informe de justificación para la contratación directa de instituciones de educación superior y centros de investigación. Además de las condiciones generales previstas para los informes de justificación de uso de modalidades de excepción, el informe correspondiente a la contratación de instituciones de educación superior o centros de investigación debe exponer, de manera enunciativa y no limitativa, los elementos que fundamentan la procedencia de esta modalidad, entre ellos: 1. La naturaleza especializada de la prestación, evidenciando que el objeto contractual requiere capacidades institucionales de investigación, conocimiento técnico avanzado,…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM)Institución identificada en el informe como proveedora propuesta para la contratación directa; el informe no consigna la adjudicación.Mencionado——

Otros documentos del proceso (9)

  • REQ. DFEPPP-Oficio-215-2025.pdfPliego · 24 mar de 2026 · 1 señal
  • REQ. DRRHH-CyD-2025-00190.pdfPliego · 24 mar de 2026 · 1 señal
  • solicitud de compras PEOR0006.pdfSolicitud de compra · 24 mar de 2026 · 1 señal
  • RESOLUCIÓN NÚM. CCP-0009 CAPACITACIÓN .pdfResolución · 24 mar de 2026 · 1 señal
  • Formularios Consultoria.zipDocumento · 24 mar de 2026
  • Pliego PEOR0006-New.pdfPliego · 24 mar de 2026 · 2 señales
  • Justificativo DFEMPPP-OFICIO-215-2025.pdfInforme justificativo · 25 mar de 2026
  • Acta de adjudicacion 0006.pdfActa de adjudicación · 5 jun de 2026 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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