El acta del 24 de marzo de 2026 adjudica a Ciencia Tecnología y Consultas, SRL los 55 renglones del Lote 1 de reactivos de laboratorio, por RD$7,093,997.19 con ITBIS incluido. Registra que se presentó un solo oferente y consigna un RNC que no coincide con el asociado a esa empresa en los datos del portal suministrados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica a la adjudicataria con RNC, mientras que los datos del portal y del Registro de Proveedores suministrados identifican a Ciencia Tecnología y Consultas, SRL con RNC. Debe verificarse la identidad del proveedor vinculado a la oferta y al contrato; podría tratarse de un error de transcripción.
“CIENCIA TECNOLOGIA Y CONSULTAS, SRL. Registro Nacional de Contribuyente (RNC) núm. [RNC]”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 41 · Reglamento 52-26, art. 64 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
Reglamento 52-26, artículo 64 — Registro de Proveedor del Estado
Artículo 64.- Registro de Proveedor del Estado. El Registro de Proveedor del Estado es el instrumento oficial y único de administración y gestión de datos de las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen participar en los procedimientos de contratación pública regulados por la presente ley. Párrafo I. El Registro de Proveedor del Estado es administrado, operado y fiscalizado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, la cual debe implementar los mecanismos tecnológicos, de verificación y control necesarios para garantizar la actualidad, integridad y confiabilidad de la información registrada. Párrafo II. La inscripción en el Registro de Proveedor del…
El acta indica convocatoria el 23 de marzo y recepción hasta el 24; el portal registra cierre el 23. En cualquiera de las fechas, el plazo consignado es inferior al mínimo reglamentario de tres días hábiles para excepciones, que no incluye exclusividad entre sus excepciones al plazo.
“este proceso de compras se inició con la publicación a partir del día veintitrés (23) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y El Portal Institucional, indicando como ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
El acta registra un solo oferente para los 55 renglones y la adjudicación completa por RD$7,093,997.19; el portal indica 4604 proveedores notificados. La modalidad de exclusividad puede limitar la competencia, pero la diferencia entre notificaciones y propuestas recibidas hace pertinente revisar el alcance efectivo de la concurrencia y la justificación de la excepción.
“la Propuesta Económica de un solo oferente que presentó la propuesta técnica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Ciencia Tecnología y Consultas, SRLAdjudicada para los 55 renglones del Lote 1; el acta indica que presentó la propuesta técnica y económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona