El Acta núm. 0002-26, de fecha 2026-03-10, aprueba por unanimidad el procedimiento de comparación de precios y las especificaciones técnicas para adquirir reactivos e insumos de laboratorio. La resolución fundamenta esa elección en la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23; según los datos del proceso, la convocatoria se publicó el 2026-03-24, después de la entrada en vigencia del nuevo régimen.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta del 10 de marzo aprueba la comparación de precios citando la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23. Como la convocatoria figura el 24 de marzo de 2026, el proceso se inició después de la entrada en vigencia de la Ley 47-25; conviene verificar cómo se adecuó la aprobación de la modalidad al régimen aplicable.
“CONSIDERANDO: A que el artfculo 16 de la ley sobre Compras y Contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones y su modificaci6n contentiva en la ley 449-06, establece en su numeral 4: Comparaci6n de precios:”
Artículo 65.- Contratación simplificada. La contratación simplificada es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados y no comunes ni estandarizados, así como obras no complejas y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda el umbral establecido.
Reglamento 52-26, artículo 249 — Aplicación del reglamento
Artículo 249.- Aplicación del reglamento. Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son aplicables únicamente a los procedimientos de contratación que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25, de Contrataciones Públicas. Párrafo I. Sin perjuicio de la vigencia plena y obligatoria de los principios, derechos, obligaciones y requisitos sustantivos establecidos en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, la implementación operativa de los nuevos procedimientos de contratación puede realizarse de manera progresiva, limitada exclusivamente a su incorporación y funcionamiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Párrafo II. En…
El acta aprueba comparación de precios y el monto estimado publicado en el portal es RD$5,642,104.71, solo RD$2,708.02 por debajo del tope de RD$5,644,812.73 indicado para esa modalidad en los umbrales vigentes al convocarse. La proximidad amerita verificar el estudio de mercado y la estimación que sustentaron la elección; por sí sola no demuestra un desvío.
“PRIMERO: APROBAR el proceso de comparaci6n de precios para LA COMPRAS DE REACTIVOS E INSUMOS PARA EL LABORATORIO DE INVESTIGACIO.”
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
La resolución aprueba el procedimiento para el laboratorio de investigación y refiere que el requerimiento provino de la encargada del laboratorio clínico; el objeto del proceso en el portal también se identifica como laboratorio clínico. Debe verificarse que la autorización y las especificaciones aprobadas correspondan al mismo objeto contractual.
“PRIMERO: APROBAR el proceso de comparaci6n de precios para LA COMPRAS DE REACTIVOS E INSUMOS PARA EL LABORATORIO DE INVESTIGACIO. … VISTO: El requerimiento de compra, solicitado por la Encargada del laboratorio clinico de CEMADOJA, en fecha”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 95 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.