El pliego solicita a Centros del Caribe, SAS una propuesta para alquilar los locales 75A, 76A y una porción del 85A de Punto Gob Megacentro, con una superficie proyectada de 1,070.56 m² y una duración de cuatro años. Fija un presupuesto base de RD$112,749,257.86 y señala como fecha límite de presentación el 24 de marzo de 2026. El proceso se plantea como contratación directa por proveedor único.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dirige la solicitud a una empresa identificada y califica el procedimiento como contratación directa por proveedor único. Para arrendamientos de inmuebles de uso estatal, el Reglamento prevé convocatoria pública y permite selección directa excepcionalmente si solo existe un proveedor; corresponde verificar la aplicación de esa excepción específica al inmueble requerido.
“PROPUESTA PARA MODALIDAD DE EXCEPCIÓN MEDIANTE CONTRATACIÓN DIRECTA POR PROVEEDOR UNICO … Señores: CENTROS DEL CARIBE, SAS (RNC”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
El presupuesto base consignado en el pliego es RD$112,749,257.86; el acta de adjudicación resumida en el expediente registra RD$112,749,257.76, una diferencia de RD$0.10. Dado que el portal registra una sola oferta, merece comprobarse cómo se estimó el precio y si hubo una evaluación independiente de su razonabilidad.
“El presupuesto base para este servicio asciende a CIENTO DOCE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS DOMINICANOS CON 86/100 (RD$ 112,749,257.86) incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto ”
El pliego fija como límite el 24 de marzo de 2026 y el cronograma del portal registra publicación y cierre en esa misma fecha. Para esta excepción, el Reglamento establece al menos tres días hábiles entre convocatoria y recepción de ofertas, salvo excepciones distintas a la de proveedor único; conviene verificar la secuencia efectiva de publicación y recepción.
“Su oferta debe ser presentada antes del martes veinticuatro (24) de marzo del 2026 mediante el Sistema Electrónico de Contratación Pública, (SECP- Portal Transaccional) o de forma presencial.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
Centros del Caribe, SASEl pliego le solicita presentar propuesta; según el acta de adjudicación resumida en el expediente, cumplió los requerimientos técnicos y económicos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona