Verificar autorización para alquilar instalaciones privadas
· hace 6 meses
El Decreto 51-26, aplicable durante 2026 a la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo, prohíbe el arrendamiento de instalaciones privadas para actividades salvo autorización expresa del ministro Administrativo de la Presidencia. Esta autorización del director general permite iniciar el proceso de alquiler, pero no menciona la autorización ministerial; corresponde verificar si existe en otro documento.
“Yo, Edgar de Jesús Batista Carrasco, en mi calidad de Director General de la Oficina Gubernamental de Tecnología a la Información y Comunicación (OGTIC), apruebo y autorizo a la Dirección Administrativa y Financiera, a dar inicio al proceso”
Qué dice la ley: Decreto 51-26, art. 2 · Decreto 51-26, art. 10 · con ChatLeyes
Decreto 51-26, artículo 2
ARTÍCULO 2. Las disposiciones del presente decreto aplican a los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo, esto es, la Administración Pública Central, la desconcentrada y los organismos autónomos y descentralizados, durante el año 2026. PÁRRAFO I. Este decreto no aplica a los demás poderes del Estado ni a los órganos de rango constitucional, en función del principio de separación de poderes. PÁRRAFO II. El Ministerio Administrativo de la Presidencia queda a cargo de articular los esfuerzos de todas las dependencias gubernamentales vinculadas a la aplicación de las disposiciones del presente decreto.
Decreto 51-26, artículo 10
ARTÍCULO 10. Quedan prohibidos, salvo autorización expresa del Ministro Administrativo de la Presidencia, los compromisos de gastos originados por los conceptos siguientes: a) Fiestas, agasajos, recepciones, celebraciones u otras actividades de similar naturaleza, con excepción de las que realicen la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Turismo en honor a jefes de Estado, ministros, delegaciones oficiales o personalidades del mundo político, cultural, científico o comercial de otros países que visiten la República Dominicana. b) Donaciones o contribuciones en provecho de terceros o servidores públicos, salvo que las mismas formen parte del…
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