Travelista impugna su descalificación económica por servicios supuestamente incluidos
· hace 6 meses
Travelista alega que la evaluación no valoró integralmente su cotización. La nota que cita enumera pódium, tarima, mesas y sillas, pero no menciona expresamente el back panel, la decoración, las plantas ni las luces que la evaluación identificó como faltantes; conviene cotejar la cotización completa y el informe porque la controversia se refiere a la descalificación económica y a la adjudicación.
““NO CUMPLE. Si bien presentó su cotización, en la misma no incluyó lo siguiente: • Pódium y tarimas y back panel. • Decoración; sillas, mesas, plantas ambientales y luces.” … “Servicios sin costo con la renta de salones: sillas, mesas…”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 128 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…