El pliego fechado el 23 de marzo de 2026 establece las bases para adquirir dos camiones compactadores, con valor referencial de RD$14,500,000 impuestos incluidos y recepción de ofertas hasta el 23 de abril de 2026. Incluye requisitos técnicos y de experiencia, un plazo de entrega de hasta siete días hábiles desde la firma y pago único tras la recepción conforme. Según el acta de adjudicación reseñada en el expediente, Espaillat Motors, SRL resultó adjudicada por RD$14,400,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha combina parámetros técnicos específicos —incluidos rango de potencia, emisiones, capacidad y disposición de controles— sin expresar en el texto citado que se admitan prestaciones equivalentes. Es un conjunto de condiciones que merece contraste con el mercado para comprobar que describe la necesidad funcional sin reducir innecesariamente la concurrencia.
“MOTOR EMISION EURO III MAXIMO 3.9CC EN ADELANTE 120 a 125 HP … CONTROLES DEL SISTEMA HIDRÁULICO (ELECTRÓNICO Y NO ELECTRÓNICO) CUATRO CONTROLES: UBICADOS EN LA PARTE POSTERIOR DE LA CAJA, AL COSTADO, DENTRO DE LA CABINA Y DE FORMA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego requiere disponibilidad comprobable durante la evaluación y entrega inmediata, además de fijar un máximo de siete días hábiles después de la firma. Para camiones nuevos con compactación de fábrica, este plazo puede limitar la participación a proveedores que ya tengan unidades disponibles; conviene verificar su viabilidad y relación con las condiciones del mercado.
“EXISTENCIA ENTREGA INMEDIATA, VERIFICACIÓN DE EXISTENCIA DURANTE PERIODO DE EVALUACIÓN … Los bienes deberán entregarse dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en este pliego (y sus anexos) así como en los cronogramas de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 100 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas
Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.
El pliego exige acreditar la venta previa de al menos diez camiones compactadores de la misma marca ofertada en República Dominicana. Esta condición restringe la elegibilidad a proveedores con historial local de ventas de esa marca y merece revisión de proporcionalidad respecto de la compra de dos unidades.
“Presentar constancia documental (contratos, facturas, certificaciones) que dé cuenta que el oferente ha vendido por lo menos diez (10) camiones compactadores de la misma marca ofertada en la República Dominicana.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego establece que el contrato se perfecciona después de su publicación y, para ciertas instituciones, de su registro. La Ley 47-25 dispone que el contrato se perfecciona con su formalización; esta diferencia puede generar incertidumbre sobre el momento en que nacen las obligaciones contractuales.
“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de LA JUNTA DISTRITAL DE JUAN LÓPEZ en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el caso de las in”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Ley 47-25, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Ley 47-25, artículo 133 — Formalización del contrato
Artículo 133.- Formalización del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte físico o formato digital, en las condiciones que establezca la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y deberán ajustarse al modelo que forma parte de los pliegos de condiciones, con las modificaciones aprobadas hasta el momento de la adjudicación. Párrafo I.- En las contrataciones efectuadas a través de órdenes de compras o de servicios, la formalización se producirá con la notificación realizada al adjudicatario. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley dispondrán los requisitos formales que deberán contener las órdenes de compras o de servicios.
Aunque el objeto y la convocatoria identifican una Licitación Pública Nacional y el portal clasifica el proceso como ordinario, varias cláusulas lo denominan «procedimiento de excepción por selección competitiva» e incluyen un informe justificativo de excepción entre los anexos. La clasificación contradictoria merece aclaración para confirmar qué reglas rigen el procedimiento.
“Este procedimiento de excepción por selección competitiva, el contrato y su posterior ejecución para la aplicación de la normativa vigente en contrataciones públicas, su interpretación o resolución de controversias e investigaciones, se apl”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 55 · Ley 47-25, art. 77 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 55 — Procedimientos ordinarios de selección
Artículo 55.- Procedimientos ordinarios de selección. Serán considerados procedimientos ordinarios de selección de proveedores los siguientes: 1) Licitación pública; 2) Licitación pública abreviada; 3) Subasta inversa; 4) Sorteo de obras; 5) Contratación simplificada; 6) Contratación menor; 7) Contratación directa sujeta al umbral.
Artículo 77.- Excepción. La contratación por excepción es aquella que se desarrolla exceptuando de su aplicación el rigor de los procedimientos ordinarios, y que solo puede realizarse bajo las circunstancias, situaciones y condiciones previstas en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección pueden expresarse en una reducción de los plazos ordinariamente previstos o en una limitación de las reglas de competencia como consecuencia de las circunstancias del caso o la naturaleza especial de la contratación.
Espaillat Motors, SRLEl acta de adjudicación reseñada en el expediente consigna que cumplió los requisitos legales, técnicos y económicos y fue considerada la oferta más conveniente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona