El Acto Administrativo núm. 15-2026 aprueba enmiendas al pliego del proceso IDEICE-CP-2026-0003, convocado el 12 de marzo de 2026. Identifica a Yoharis Gómez como responsable de supervisión, permite subcontratar hasta el 50% con autorización previa, fija la presentación de ofertas para el 20 de marzo a las 3:00 p. m. y rectifica la designación de peritos a tres personas. El acta registra la sesión el 19 de marzo, aunque su cierre consigna otra fecha.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según el portal, la convocatoria se publicó el 12 de marzo y el cierre fue el 20 de marzo: seis días hábiles para preparar ofertas, frente al mínimo de diez para servicios no comunes ni estandarizados. El acto registra la enmienda el 19 de marzo, cuando faltaba un día para el cierre; el reglamento prevé que una modificación posterior al 75% del plazo requiera extenderlo de forma proporcional a su complejidad y permitir nuevas preguntas sobre lo modificado.
“En la ciudad de Santo Domingo, D.N, capital de la República Dominicana, siendo las 11:20 a.m. del jueves (19) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), se inició la sesión del Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Domin”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Amplía el porcentaje respecto del máximo general del 45%; el texto no condiciona expresamente el 50% a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES, condición prevista en el artículo 176 de la Ley 47-25..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Punto 28 del pliego: supervisor o responsable del contratoIdentificación de la supervisión contractual
Redacción anterior del punto 28 no transcrita en el acto.
La División Administrativa supervisará el contrato, por medio de Yoharis Gómez, encargada del Departamento Administrativo del IDEICE.
Aclara
Punto 33 del pliego: subcontrataciónPorcentaje máximo de subcontratación
Redacción anterior del punto 33 no transcrita en el acto.
Permite subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas, con autorización previa y expresa de la institución.
RelajaQuita un control: Amplía el porcentaje respecto del máximo general del 45%; el texto no condiciona expresamente el 50% a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES, condición prevista en el artículo 176 de la Ley 47-25.
Convocatoria y cronogramaFecha límite para presentar ofertas
La fecha incorrecta consignada en la convocatoria no se especifica en el acto.
Aclara que las ofertas deben presentarse el 20 de marzo de 2026 a las 3:00 p. m., para armonizar la convocatoria con el pliego y el cronograma del SECP.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona