Clasificación del objeto y referencia de umbral no coinciden
· hace 6 meses
El acta llama al objeto «servicio» y luego «bienes», aunque se trata de construcción, y apoya su fundamentación en un rango de RD$1,860,642.56 a RD$5,644,812.73 que la tabla aportada corresponde a bienes y servicios, no a obras. Para obras, la comparación de precios podía utilizarse dentro del rango aplicable hasta RD$186,064,255.80, por lo que el monto estimado de RD$12,905,093.08 no demuestra por sí mismo que la modalidad elegida fuera incorrecta; conviene verificar la clasificación y el fundamento usados.
“Expresó que el monto estimado para la contratación del servicio de que se trata, se estimaba en la suma de, DOCE MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL NOVENTA Y TRES CON OCHO CENTAVOS (RD$12, 905. 093.08); que conforme al Artículo 17 de la precita”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 56 · Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…