La Enmienda 001-2026 del proceso AYTO. TERRENAS-CCC-CP-2026-0001 modifica especificaciones, documentación financiera y económica, metodología de evaluación y criterio de adjudicación. Extiende la recepción de ofertas del 23 al 24 de marzo de 2026 y reduce ciertos requisitos de líneas de crédito; además, el documento consigna dos horas distintas para el cierre del 24 de marzo: 08:30 a. m. y 08:30 p. m.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la copia digital y el cotejo de correspondencia entre esa copia y la oferta física.; Reduce el respaldo financiero exigido para acreditar capacidad de ejecución de personas físicas y MIPYMES.; Reduce a la mitad el crédito comercial documentado que se exigía como evidencia de capacidad financiera..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La matriz sustituida asignaba 2 puntos al plan de subcontratación con MIPYMES o de compra nacional/local; la nueva le asigna 10 de los 80 puntos técnicos. Por el cambio de ponderación, conviene verificar que su valoración esté definida de forma objetiva y vinculada al objeto.
“Plan de subcontratación con MIPYMES o de compra de productos nacionales o a proveedores locales. | 2 PUNTOS | … Plan de subcontratación con MIPYMES o de compra de productos nacionales o a proveedores locales. | 10 PUNTOS”
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Reglamento 52-26, artículo 227 — Criterios especiales de evaluación
Artículo 227.- Criterios especiales de evaluación. Los criterios especiales de evaluación previstos en la Ley núm. 47-25 deben cumplir obligatoriamente con los principios de objetividad, verificabilidad, proporcionalidad y relación directa con el objeto contractual. Párrafo I. En la formulación de los pliegos de condiciones, la institución contratante debe definir cada criterio especial mediante parámetros medibles, comprobables y sustentados en evidencia documentada, evitando cualquier valoración subjetiva o discrecional. Párrafo II. Los criterios deben diseñarse de modo tal que permitan a todos los oferentes conocer anticipadamente la forma de evaluación, incluyendo: descripción del…
El cronograma indica cierre el 24 de marzo a las 08:30 a. m., pero la sección de recepción de ofertas consigna 08:30 p. m. La diferencia de doce horas deja incierta la hora límite aplicable y puede afectar la recepción o el rechazo de propuestas.
“Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y "Sobre B" (oferta económica) | Desde el Viernes 13 de marzo del 2026 a las 04:30 p.m. hasta el martes 24 de marzo del 2026 hasta las 08:30 a.m. … Las ofertas podrán ser recibidas desd”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
Cambios que introduce (11)
Sección
Antes
Después
Efecto
3. Especificaciones técnicasListado de partidas y cantidades
El listado anterior no incluía la partida 1.02 de limpieza y replanteo del área general y presentaba numeración y algunas dimensiones distintas.
Añade limpieza y replanteo del área general por 6,204.40 m²; reorganiza la numeración de partidas y corrige, entre otros datos, la dimensión de la cisterna a 2.00 m.
Endurece
8. Cronograma de actividadesFecha límite de presentación de ofertas
Recepción hasta el lunes 23 de marzo de 2026 a las 04:30 p. m.
El cronograma establece recepción hasta el martes 24 de marzo de 2026 a las 08:30 a. m.
Relaja
9.1 Ofertas presentadas en formato papelCopia digital en memoria USB
Se exigía incluir en el Sobre A una memoria USB con los documentos firmados y sellados, y que coincidieran con los documentos físicos; ante discrepancia prevalecía lo físico.
Elimina la obligación de presentar la memoria USB y la regla de cotejo entre los documentos físicos y digitales.
RelajaQuita un control: Se elimina la copia digital y el cotejo de correspondencia entre esa copia y la oferta física.
11.1, literal b) Documentación financieraLínea financiera para personas físicas y MIPYMES
La línea financiera para personas físicas y MIPYMES debía ser del 10% del valor estimado.
Reduce esa línea financiera al 5%; mantiene el 20% para los demás oferentes.
RelajaQuita un control: Reduce el respaldo financiero exigido para acreditar capacidad de ejecución de personas físicas y MIPYMES.
11.1, literal b) Documentación financieraLínea comercial
Se requería una línea comercial del 10% del valor estimado.
Fija la línea comercial en 5% del valor estimado, también para personas físicas y MIPYMES.
RelajaQuita un control: Reduce a la mitad el crédito comercial documentado que se exigía como evidencia de capacidad financiera.
11.2.3 Documentos de la oferta económicaRango permitido de la oferta
La oferta no podía exceder el 10% menor del presupuesto base; no se expresaba un límite superior en este numeral.
Establece un rango: la oferta no puede superar el presupuesto base en más de 10% ni ser inferior en más de 10%.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
La documentación técnica se evaluaba por puntaje, dentro de una metodología combinada para las ofertas técnicas.
La documentación técnica pasa a una metodología combinada de cumple/no cumple y puntaje; mantiene 80 puntos totales y mínimo de 65 para habilitarse a la evaluación económica.
Neutral
12.1.3 Evaluación de documentación técnicaDistribución entre requisitos de cumplimiento y criterios puntuables
La matriz asignaba puntajes a documentos, incluido el plan de subcontratación con MIPYMES o compra nacional/local con 2 puntos.
Separa documentos que se verifican por cumple/no cumple de los puntuables; asigna 10 puntos al plan de subcontratación o compra nacional/local.
Endurece
12.2 Metodología y criterios de evaluación económicaLímite del puntaje económico
La matriz indicaba que el monto no podía exceder el 10% menor y preveía descalificación automática por ese supuesto.
Expresa un rango permitido entre 90% y 110% del presupuesto base y mantiene 20 puntos para la oferta económica.
Aclara
12.3 Criterios de adjudicaciónRegla para seleccionar la oferta
Adjudicación basada en mayor puntaje.
Adjudicación basada en mejor relación calidad-costo, determinada por el puntaje final más elevado tras totalizar las ponderaciones técnica y económica.
Aclara
Sección II, numeral 1Recepción de ofertas
Las ofertas podían recibirse hasta el lunes 23 de marzo de 2026 a las 04:30 p. m.
La enmienda sustituye esa fecha por el martes 24 de marzo de 2026; en este numeral indica 08:30 p. m., mientras el cronograma indica 08:30 a. m.