Publicado el 20 mar de 2026Fechado el 17 mar de 202616 páginasEn el mensaje «Notificación de acto administrativo que da respuesta a impugnación de Hambientes Modulares»
El Acto No. 391/2026, notificado el 18 de marzo de 2026, comunica la decisión del MIVHED de admitir en cuanto a la forma y rechazar en cuanto al fondo la impugnación de Hambientes Modulares, SRL, y ratificar la adjudicación. La resolución sostiene que Muebles & Equipos para Oficina León González, SRL, ofertó RD$66,979,616.57 en seis lotes, pero quedó habilitada en cinco; los RD$5,147,891.61 de diferencia corresponden al sublote I-II, en el que no cumplió los requisitos técnicos, por lo que ratifica la adjudicación de RD$61,831,724.96.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El recurso fue presentado el 16 de enero y el documento indica que se notificó a los oferentes el 20 de febrero, aunque la decisión se emitió el 24 de febrero. El reglamento prevé notificar a las demás partes dentro de dos días hábiles; la demora merece revisión por su posible efecto sobre la participación y defensa de terceros.
“En fecha veinte (20) de febrero del año dos mil veintiséis (2026), fue notificado vía correo electrónico a los oferentes sobre el Recurso de Impugnación interpuesto por el Oferente HAMBIENTES MODULARES, S.R.L. … En la ciudad Santo Domingo d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 217 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 217 — Procedimiento, instrucción y decisión del recurso
Artículo 217. Procedimiento, instrucción y decisión del recurso. De conformidad con lo previsto en la ley, el procedimiento a agotar por las instituciones contratantes para los recursos de impugnación es el siguiente: 1. Se procederá dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la recepción del recurso, a notificar a las demás partes involucradas, a través de las vías habilitadas al efecto. 2. Se verificará si existe alguna causa de inadmisibilidad de orden público del recurso en cuestión, y en dicho caso se procederá a declararla de oficio. Dicha decisión será notificada a la parte recurrente y a los terceros involucrados. 3. Las demás partes involucradas contarán con un plazo de cinco…
Hambientes Modulares, SRLOferente impugnante; el Comité declaró admisible el recurso, pero lo rechazó en cuanto al fondo.
Mencionado
—
—
Muebles & Equipos para Oficina León González, SRLLa resolución ratifica la adjudicación de cinco lotes en los que resultó habilitada; quedó excluida del sublote I-II por no presentar o subsanar satisfactoriamente la documentación técnica requerida.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La notificación indica un plazo de diez días contado desde la fecha del acto, sin precisar que se trata de días hábiles ni que el cómputo comienza al día siguiente. El reglamento dispone que, salvo indicación expresa en contrario, los plazos en días son hábiles y se cuentan desde el día siguiente; conviene verificar que la información comunicada no confunda el ejercicio del recurso jerárquico.
“disponen de un plazo de diez (10) días, contados a partir de la fecha de la presente notificación para que, de tener inconformidad, proceda a interponer un recurso jerárquico por ante la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 218 · Reglamento 416-23, art. 250 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
Reglamento 416-23, artículo 250 — Régimen de los plazos
Artículo 250. Régimen de los plazos. Los plazos establecidos en este reglamento se contarán siempre a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o notificación, según corresponda. Siempre que en la ley o en este reglamento no se exprese de otro modo, los plazos señalados en días se entenderán como días hábiles y, para su cómputo, se excluirán los sábados, domingos y feriados. Cuando se indique que se trata de días calendario, los sábados, domingos y feriados se incluirán en el cómputo del plazo. En todos los casos, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil subsiguiente.