La resolución identifica dos modalidades distintas
· hace 6 meses
El acto aprueba la Subasta Inversa, pero en otro punto aprueba el pliego como de Licitación pública. La contradicción deja incierto cuál modalidad rige el procedimiento y qué reglas de selección deben aplicarse; conviene verificar el acto y el pliego definitivos publicados.
“PRIMERO: Se APRUEBA el procedimiento de selección bajo la modalidad de Subasta Inversa para el proceso de "Adquisición de set de viaje deportivo para los atletas del ciclo olímpico, dirigido a MiPymes mujer". … TERCERO: Se APRUEBA el Pliego”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 103 · Ley 47-25, art. 95 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones
Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
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