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Pliego

PLIEGO ESTÁNDAR DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES.pdf

Adquisición de Combustible, para uso de la Operatividad del Ingenio Porvenir. · Consejo Estatal del Azucar

Publicado el 13 mar de 2026Fechado el 15 mar de 202635 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEA-CCC-LPN-2026-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 16 de marzo de 2026, establece una Licitación Pública Nacional para adquirir 60,000 galones de gasoil regular a granel destinados al Ingenio Porvenir. El portal registra un monto estimado de RD$13,488,000 y un cierre de ofertas previsto para el 29 de abril de 2026; el pliego contempla entregas parciales a requerimiento y fija la adjudicación para el 14 de mayo de 2026.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Restricción de participación por socios compartidos

Documento del 13 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego prohíbe la participación simultánea de empresas que coincidan en algún socio o accionista, sin limitar la restricción a que se trate de la misma persona oferente o a una constatación de participación múltiple. Es una condición que puede excluir empresas jurídicamente distintas y merece verificarse por su alcance sobre la concurrencia.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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A revisarHallazgo en documentos

Certificación MIPYME formulada como requisito general de participación

Documento del 13 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego exige que los oferentes cuenten previamente con certificación MIPYME integrada al RPE para poder mostrar interés y participar, aunque el proceso figura como no reservado a MIPYMES. La ley vincula esa certificación con el acceso a los incentivos MIPYME; si esta condición se aplica a todos, podría restringir la participación de empresas no MIPYME.

“Los oferentes deben contar con la certificación MIPYME integrada al RPE de manera previa a fin de que le permita mostrar interés y participar”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 60 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 60 — Oferentes

Artículo 60.- Oferentes. Pueden participar como oferentes en los procedimientos de contratación pública las personas físicas y jurídicas establecidas en el artículo 35 de la Ley núm. 47-25, siempre y cuando se encuentren inscritas en el Registro de Proveedor del Estado y no se encuentren incursas en alguna de las causas de inhabilidad previstas en la ley citada.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Descalificación automática por documentación técnica no subsanable

Documento del 13 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego clasifica en bloque como no subsanable la documentación técnica y dispone la descalificación por incumplir cualquiera de sus requisitos. Esta regla merece revisión porque la ley permite subsanar documentos de calificación y soportes de oferta cuando el requisito ya se cumplía al presentar la oferta y la subsanación no altera su contenido esencial.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable] … De no cumplirse con uno cualquiera de los requerimientos, el oferente/proponente quedará descalificado”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

Otros documentos del proceso (25)

  • ACTA APROBACIÓN COMITÉ.pdfPliego · 13 mar de 2026
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 13 mar de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 13 mar de 2026 · 1 señal
  • ACTA COMITÉ DE COMPRAS.pdfInforme pericial · 13 mar de 2026
  • COMPROMISO ÉTICO DE LAS INSTITUCIONES CONTRATANTES.pdfDocumento · 13 mar de 2026
  • COMPROMISO ETICO DE PROVEEDORES1.docxDocumento · 13 mar de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 13 mar de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 13 mar de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 13 mar de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (2).docxDocumento · 13 mar de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (4).docxDebida diligencia · 13 mar de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Modelo de contrato de adquisición de bienes.docx
Contrato · 13 mar de 2026
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  • ACTA DE APERTURA SOBRE B.pdfActa · —
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  • CUOTA.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • INFORME PERICIAL DE EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS.pdfInforme de evaluación · —