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Abriendo la ficha…

Pliego

SNCC.P.066 Pliego Estandar de subasta inversa SI-2026-0006.pdf

Adquisición de repuestos para vehículos Dirigido exclusivamente a empresas mipymes mujeres · Policia Nacional

Publicado el 14 mar de 2026Fechado el 25 feb de 202665 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso POLICIA NACIONAL-CCC-SI-2026-0006

Lo que dice

El pliego estándar, fechado el 26 de febrero de 2026, establece una subasta inversa para adquirir repuestos vehiculares, dirigida exclusivamente a MIPYMES mujeres, con valor referencial de RD$17,462,071.48 y 74 renglones. El cronograma fija la presentación de ofertas para el 24 de marzo y la adjudicación para el 1 de abril de 2026. Según los datos del portal, se registró una oferta de JCG Comercial, SRL por RD$16,588,964 y el proceso figura desierto; el pliego no adjudica el contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentos

Actividad comercial del RPE descrita de forma contradictoria

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

El requisito legal de la oferta pide una actividad UNSPSC de materiales combustibles y lubricantes, mientras que el objeto del proceso se clasifica en filtrado, fuentes de energía y componentes de transporte; la tabla de evaluación vuelve a indicar estas últimas categorías. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre qué actividad se exige para habilitarse.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita (s), conforme a la codificación UNSPSC, la (s) actividad (es) comercial -Materiales combustibles, aditivos para combu”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Referencias legales incorrectas para verificar inhabilidades

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

La declaración requerida remite a los artículos 15 y 16 de la Ley núm. 47-25, y la sección de debida diligencia menciona el artículo 15 de la Ley núm. 52-26. Esas referencias no identifican el régimen legal de inhabilidades de proveedores, regulado en el artículo 38 de la Ley núm. 47-25, lo que puede confundir el alcance de la verificación exigida.

“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en los artículos 15 y 16 de la Ley núm. 47-25 y sus modificaciones. … Prevenir vulneraciones al régim”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Plazos de entrega descritos de manera incongruente

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

Una sección exige entregar los bienes dentro de diez días hábiles desde el registro del contrato; otra prevé entregas a requerimiento hasta una fecha límite y coordinación previa de 48 horas. La diferencia deja sin claridad el calendario efectivo de suministro de los 74 renglones.

“El cual no debe exceder los diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha del registro de contrato por parte de la Contraloría General de la Republica. … La Policía Nacional, solicitará que el objeto de la contratación se cumpla en l”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 45 · Reglamento 52-26, art. 77 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 45 — Contratos de bienes

Artículo 45.- Contratos de bienes. Serán considerados contratos de bienes aquellos que tienen por objeto la adquisición de bienes de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda el de los propios bienes, los que podrán suscribirse, sin ser limitativos, bajo las modalidades siguientes: 1) Entrega definida: Bajo esta modalidad la institución contratante adquiere una cantidad específica, previamente definida, de productos o bienes muebles; y 2) Entrega según demanda: Bajo esta modalidad el proveedor…

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Reglamento 52-26, artículo 77 — Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda

Artículo 77.- Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda. En los contratos de bienes según demanda, la institución contratante puede requerir la entrega de los bienes durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones debe advertirse que la institución contratante no asume el compromiso de requerir el total de las unidades adjudicadas, sino únicamente aquellas que sean requeridas. En consecuencia, el valor del contrato debe establecerse sobre un monto tope máximo determinable. Párrafo II. La institución contratante debe…

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Regla de perfeccionamiento condicionada a publicación y registro

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego dice que el contrato se perfecciona con su publicación y registro en la Contraloría, aunque la ley establece que se perfecciona con su formalización. La diferencia puede generar incertidumbre sobre cuándo nacen los derechos y obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de la Dirección General de la Policía Nacional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el ca”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

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Plazo de contratación superior al máximo legal

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego permite suscribir el contrato hasta veinte días hábiles después de la notificación de adjudicación, mientras que la Ley núm. 47-25 fija un máximo de diez días hábiles. La regla del pliego amplía el plazo para formalizar el contrato.

“El contrato entre la Dirección General de la Policía Nacional y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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Anticipo MIPYME con porcentajes incompatibles

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego fija en una sección un anticipo del 20% para MIPYMES y en otra un primer pago del 30% para MIPYMES. La Ley núm. 47-25 establece un anticipo del 30% para estas empresas, por lo que la contradicción puede afectar el monto previsto para el adjudicatario.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11. Condiciones de pago y retenciones, que asciende a un 30% del monto total de la adjudicación y a un 20% si se trata d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

Extensión automática de puja con ventana más estrecha

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego activa tiempo adicional solo si hay lances en los últimos dos minutos y limita a dos extensiones; el reglamento dispone extensión cuando hay lances dentro de los últimos tres minutos y permite hasta tres, salvo que el pliego establezca un número menor. El límite de extensiones puede ser menor, pero la ventana de activación de dos minutos reduce el tiempo en que un lance provoca extensión.

“Para este proceso dicho periodo será habilitado si ocurren lances dentro de los últimos 2 minutos previos al cierre de la subasta, y se procederá a alargar el tiempo de la puja por 5 minutos adicionales. El número máximo de pujas habilitado”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 138 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 138 — Reglas de la puja electrónica

Artículo 138.- Reglas de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre quince (15) y sesenta (60) minutos. El lapso seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El lapso de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no presentar…

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Monto de garantía de fiel cumplimiento expresado con dos porcentajes

Documento del 14 mar 2026 · hace 7 meses

El pliego consigna para la garantía general la expresión contradictoria «uno por ciento (4 %)»; en el párrafo siguiente establece 1% para MIPYMES. La inconsistencia puede generar incertidumbre sobre el monto exigible a adjudicatarios que no sean MIPYMES.

“En esos casos, corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una garantía de tipo Póliza de Seguro por el equivalente al uno por ciento (4 %) del monto de la adjudicación.”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 207 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 207 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 207.- Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, orden de compra u orden de servicio debe ser equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación. Si con posterioridad a la firma del contrato se genera una modificación, el adjudicatario debe ajustar la garantía para que esta sea proporcional al nuevo monto establecido. Párrafo. Para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento es equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. En caso de modificación posterior del monto contractual, la garantía debe ajustarse conforme a lo previsto en este…

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Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
JCG Comercial, SRLEl portal registra la oferta como aprobada por RD$16,588,964; el proceso figura desierto y no consta adjudicación en el pliego analizado.Mencionado—RD$16,588,964

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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