El acta núm. 15/2025, de 2026-02-02, aprueba el informe consolidado y adjudica los 14 lotes del proceso MINERD-CCC-LPN-2025-0008 por un total de RD$771,619,821.54. También excluye a ocho oferentes cuyas ofertas económicas habían sido divulgadas antes de la apertura; el acta consigna además que tres oferentes presentaron cotizaciones que las compañías extranjeras mencionadas negaron haber emitido o autorizado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité excluyó a ocho oferentes porque sus ofertas económicas fueron divulgadas en una cuenta de redes sociales antes de la apertura. El acta no atribuye a esos oferentes la divulgación ni una conducta que la causara, pero la exclusión los apartó de la competencia y afectó quiénes podían resultar adjudicatarios.
“En fecha quince (15) del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025), fueron publicados en la cuenta de la red social lnstagram del señor "Aquiles Jiménez", ocho (08) Formularios SNCC.F.0033 de ofertas económicas… El Comité de Comp”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 34 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 34 — Seguridad de la información
Artículo 34. Seguridad de la información. Las medidas de seguridad que posee el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) mantendrán encriptada y protegida la información de las ofertas entregadas vía electrónica, garantizando su confidencialidad e integridad. El contenido de las ofertas no podrá ser conocido por terceros y tampoco por la institución contratante, hasta tanto se cumpla el plazo establecido en el cronograma del procedimiento de selección para su apertura.
El acta consigna que Visiontech, Dinirt e Inversiones Alethea usaron cotizaciones que las compañías extranjeras señaladas negaron haber emitido o autorizado, y que sus justificaciones de precios fueron desestimadas. Dado que esas justificaciones se relacionaban con ofertas consideradas por debajo del umbral de precio fijado en el pliego, conviene verificar los documentos y el efecto de su rechazo en la evaluación económica.
“Las cuales mediante correo respondieron que dichas cotizaciones no corresponden a sus compañías que no fueron documentos emitidos por ellos ni cuentan con su autorización. Por lo cual se desestimaron sus justificaciones de precios para con ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
PG SERVICES, S.R.L.Excluida por estar su oferta entre las divulgadas antes de la apertura oficial.
Descalificado
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INVERSIONES ALETHEA, S.R.L.Excluida por estar su oferta entre las divulgadas antes de la apertura oficial; el acta también consigna que se desestimó su justificación de precios por las cotizaciones cuestionadas por sus supuestos emisores.
Descalificado
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OKAINOSOFT SOLUCIONES, SRLExcluida por estar su oferta entre las divulgadas antes de la apertura oficial.
Descalificado
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GAMAN COPICENTRO, SRLExcluida por estar su oferta entre las divulgadas antes de la apertura oficial.
Descalificado
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GRUPO HENCURY, SRLExcluida por estar su oferta entre las divulgadas antes de la apertura oficial.
Descalificado
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DINIRT CORPORATION, SRLExcluida por estar su oferta entre las divulgadas antes de la apertura oficial; el acta también consigna que se desestimó su justificación de precios por las cotizaciones cuestionadas por sus supuestos emisores.
Descalificado
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FUNCIONAL ICF, SRLExcluida por estar su oferta entre las divulgadas antes de la apertura oficial.
Descalificado
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VISIONTECH DOMINICANA, S.R.L.El acta indica que se desestimó su justificación de precios porque las compañías extranjeras citadas negaron haber emitido o autorizado las cotizaciones; no consigna aquí su descalificación final.
Mencionado
Lotes 4 al 7 y 11 al 14
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INVERSIONES QTEK, S.R.L.Excluida de las recomendaciones de adjudicación por la suspensión de oficio de su RPE mencionada en el acta.