El acta, fechada el 12 de marzo de 2026, adjudica 33 renglones de artículos de limpieza a Grupo Addinca (RD$727,781.47), GTG Industrial (RD$382,328.26), Lonssys Industrial Multiservice (RD$87,320.00) y Progastable (RD$261,256.01), por un total de RD$1,458,685.74. La decisión aprueba las recomendaciones periciales y ordena notificar y publicar la adjudicación. El acta cita como criterio del pliego uno referido al mantenimiento de vehículos, incompatible con el objeto de limpieza, y presenta discrepancias en el registro de oferentes frente al portal.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (22 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta reproduce como criterio del pliego adjudicar el menor precio de mantenimiento preventivo por tipo de vehículos, aunque el objeto adjudicado son artículos de limpieza. La incompatibilidad deja sin claridad qué criterio pertinente al objeto respaldó la distribución de las adjudicaciones.
“el pliego de condiciones del proceso en el numeral 13.3 "Criterio d(/ … Adjudicación" establece que "La Dirección Administrativa evaluará las Ofertas dando cumplimienfu a los principios de transparencia, objetividad, economía, celeridad” (pág. 2)
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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta informa que cabe un recurso de impugnación ante la institución en diez días y lo atribuye al artículo 126, que regula la notificación de la adjudicación. Los artículos 204 y 205 establecen la reconsideración ante el órgano responsable y su plazo; la referencia equivocada merece verificarse, aunque el acta también indica que los días son hábiles.
“contra la misma cabe interponer un recurso de impugnación ante la institución contratante en el plazo de diez (10) días de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley núm. 47-25” (pág. 5)
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Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.
El acta afirma que recibió nueve ofertas, pero su tabla llega hasta una décima entrada. Además, los datos del portal aportados registran una oferta de RLA Express que no figura en la relación del acta; conviene conciliar el universo de ofertas y su evaluación antes de dar por completa la trazabilidad del resultado.
“fueron recibidas nueve (9) ofertas, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) … 10 Progastable, SRL” (págs. 1-2)
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
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Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Ley 47-25, artículo 126 — Notificación de la adjudicación
Artículo 126.- Notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de su dictado y deberá contener los resultados de la evaluación técnica y económica, incluyendo el informe técnico que justifique la decisión, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, así como las razones de selección del oferente adjudicado y la información relativa a las evaluaciones de los demás oferentes. Párrafo.- La publicación del acto de adjudicación podrá sustituir la notificación cuando previamente se haya identificado la fecha y el medio a través del cual esta se producirá.
Oferentes que registra (10)
6 mencionado · 4 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Supligensa, SRLPresentó oferta; el acta no consigna un resultado individual ni le adjudica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona