El estudio previo de ETED justifica contratar servicios de tasación y valoración de chatarras y materiales eléctricos en desuso, con un costo estimado de RD$5,600,000.00, y recomienda dar curso al procedimiento. Propone un anticipo del 20% y pagos quincenales por el 80% restante; fue firmado el 3 de febrero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio recomienda un anticipo del 20%. Si el contrato se adjudica a una MIPYME, la Ley establece un anticipo del 30%; el proceso no está reservado a MIPYMES, por lo que corresponde verificar que la condición aplicable se ajuste al adjudicatario.
“• Un anticipo equivalente al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El estudio afirma que el levantamiento se realizará en cuatro localidades, pero enumera cinco ubicaciones. La discrepancia puede afectar la claridad del alcance y la verificación de la cobertura incluida en el costo; otros documentos del proceso describen cinco localidades.
“Levantamiento físico de los materiales, equipos eléctricos y otros componentes asociados se encuentran ubicado en las siguientes cuatro (4) localidades: ✓ Depósito de Materiales Matadero, Santo Domingo, D.N.; … ✓ Subestación Bonao II, Bonao”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
La sección de perfil y las firmas identifican a las tres personas como peritos técnicos, sin identificar entre ellas responsables financieros y jurídicos. El Reglamento dispone que los estudios previos se elaboren con firma de responsables técnicos, financieros y jurídicos; conviene verificar la validación de esas áreas en el expediente.
“Gisselle Alexandra Gautier Perito Técnico [firma] Jeyfry Manuel Feliz Perito Técnico … Yomaira Carram Castillo Perito Técnico”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos
Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona