El Acto núm. 110-2026, de fecha 2026-03-10, aprueba las especificaciones técnicas y el pliego para contratar durante 36 meses servicios de gestión de reducción de pérdidas no técnicas, mediante licitación pública nacional. El valor referencial es RD$561,892,357.24, ITBIS incluido, y se designan cinco peritos para evaluar las ofertas. El acta indica que la contratación no estaba planificada en el Plan Anual de Contratación de EDESUR para 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta reconoce que la contratación no estaba planificada en el PAC 2026 y consigna que el Consejo de Administración aprobó iniciar los trámites. La ley exige que las contrataciones consten en el plan y permite modificarlo con justificación; conviene verificar que la incorporación o modificación formal esté documentada en el expediente.
“Que tratándose de una contratación no planificada en el Plan Anual de Contratación del 2026 de EDESUR, la … solicitud fue presentada al Consejo de Administración de la empresa; consejo que aprobó iniciar los trámites para la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
En los antecedentes, el acta atribuye el expediente de necesidad a un servicio vinculado con tareas de poda, mientras que el objeto aprobado es la gestión de reducción de pérdidas no técnicas. La discrepancia merece verificar que los estudios previos y las bases técnicas correspondan a la necesidad y al objeto de esta contratación.
“POR CUANTO: Que, para la contratación del servicio vinculado a las tareas de poda en las redes de distribución de la zona de concesión de EDESUR, la Dirección de Reducción de Pérdidas elaboró el expediente administrativo de la necesidad, co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Circular de Preguntas y Respuestar y Enmienda LPN-2026-0002.pdf