Apropiación de períodos posteriores pendiente de tramitar
· hace 7 meses
La certificación consigna un presupuesto total de RD$561,892,357.24, pero acredita disponibilidad de RD$22,991,926.62 para 2026 y deja para trámite posterior la apropiación de los períodos subsiguientes. Como el proceso contempla servicios por 36 meses, corresponde verificar que la certificación previa al inicio cubra el monto total del egreso previsto; la programación presupuestaria plurianual puede explicar la distribución por períodos, pero aquí se indica que esa apropiación aún se tramitará.
“esta institución cuenta con la debida disponibilidad presupuestaria para la ejecución asociada al periodo 2026, por la suma de RD$22,991,926.62 … y para los gastos asociados al periodo subsiguiente, se tramitará la apropiación de fondos cor”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
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