La Enmienda núm. 1 al proceso OPRET-CCC-LPN-2026-0001, expedida el 9 de marzo de 2026 y aprobada mediante el Acta de reunión núm. 0003/2026, modifica los numerales 12.2 y 12.3: establece como criterio la oferta con mayor porcentaje de descuento y, por tanto, menor precio, entre las que cumplan los demás requisitos. También incorpora la declaración de oferta libre de colusión que se había omitido al cargar los documentos estandarizados y sustituye el modelo de contrato de servicios por uno de adquisición de bienes. Según el portal, el cierre de ofertas estaba previsto para el 13 de marzo de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda está fechada el 9 de marzo y modifica el criterio económico; el portal registra el cierre de ofertas para el 13 de marzo, cuatro días después, sin reflejar una prórroga. La modificación ocurre en una fase avanzada del plazo y merece verificar si se extendió el tiempo de preparación y se permitió consultar sobre el cambio, como prevé la regla para modificaciones posteriores al 75 % del plazo.
“QUE EN ADELANTE DIGA: 12.3 Criterio de adjudicación El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es a la oferta que presenta el MAYOR porcentaje de descuento, y por tanto la d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona