Modalidad aprobada sobre el tope aplicable a obras
· hace 7 meses
El acta aprueba comparación de precios para una obra estimada en RD$5,866,588.49. Para la convocatoria del 2026-03-06, el máximo de comparación de precios para obras indicado en los umbrales oficiales es RD$5,644,812.73; el monto cae en el rango de la modalidad siguiente, por lo que la modalidad aprobada merece revisión por su efecto sobre el nivel de competencia.
“Considerando: Que, de acuerdo con la Certificación de Apropiación Presupuestaria, emitida por la El departamento de presupuesto del Ayuntamiento del Municipio de Sosua por el monto de RD$ 5,866,588.49/100 peso para la construcción de aceras”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 56 · Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…