El Acta núm. CCC-2026-012, de 2026-02-25, aprueba el informe económico y adjudica a Ingitop RG, S.R.L. la tasación y documentación técnica por RD$7,922,000.00, impuestos incluidos. El acta registra que Ingitop obtuvo 65 puntos técnicos y 30 económicos, para un total de 95, y que fue el único oferente habilitado para la apertura económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según el portal, el contrato de Ingitop por RD$7,922,000 figura confirmado y enviado el 2026-02-24; el acta que adjudica ese monto está fechada 2026-02-25. La diferencia de un día requiere verificar la secuencia de notificación y formalización; la fecha del portal podría corresponder a un registro o actualización y no necesariamente a la firma contractual.
“en fecha 24 del mes de febrero del afio 2026, la comision evaluadora emitié el informe de evaluacion de oferta econémica del Oferente INGITOP RG, S.R.L … Concluida esta resolucion se dio por terminada la sesidn, a los veinticinco (25”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El portal registra una oferta de Ingemati, SRL por RD$7 con estado «Aprobada», pero el acta identifica como participantes a cuatro empresas y no incluye a Ingemati. La cifra y la diferencia entre el registro del portal y la lista del acta ameritan comprobar si se trata de un error de datos o de una oferta recibida que no figura en la apertura; no se puede concluir que Ingemati participó a partir del registro aislado.
“acto en el que participaron como oferentes las … VICPAT CONSTRUCTION GROUP, S.R.L … CONSTRUCTORA SOL BJK, S.R.L”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 115 · Reglamento 416-23, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 115 — Recepción de propuestas
Artículo 115. Recepción de propuestas. Las ofertas podrán ser recibidas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en el cual, de forma automática, se registra la fecha y hora de la recepción, manteniéndose encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el pliego de condiciones. Párrafo I. Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, podrán ser recibidas desde el día de la convocatoria hasta el día y la hora fijados como plazo máximo para la presentación de las ofertas. En estos casos, la Unidad Operativa de Compras y…
Reglamento 416-23, artículo 117 — Apertura de las ofertas técnicas
Artículo 117. Apertura de las ofertas técnicas. Una vez agotado el horario de recepción de ofertas, se procederá a la apertura de las ofertas técnicas, mediante acto público en el lugar y hora determinados en el pliego de condiciones del procedimiento. Este acto se realizará en presencia del Comité de Compras y Contrataciones de la institución contratante, el notario público y de todos aquellos interesados en presenciarlo, quienes podrán verificar la cantidad de proponentes que compiten en el procedimiento. Párrafo I. El notario público actuante entregará las ofertas económicas, sin abrir, al titular del área jurídica, quien las mantendrá bajo su custodia y garantizará por los medios que…
Aunque el acta registra cuatro empresas participantes, solo Ingitop fue habilitada y su oferta económica fue la única abierta. Esto dejó la adjudicación sin comparación económica entre ofertas habilitadas; conviene verificar la razonabilidad del precio frente al presupuesto y los precios de referencia, sin que el hecho por sí solo indique incumplimiento.
“fue realizado en acto de apertura de oferta econémica del Ginico oferente habilitado la razon social INGITOP RG, S.R.L”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 78 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
Oferentes que registra (4)
3 no habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Vicpat Construction Group, S.R.L.El acta indica que quedó inhabilitada por no depositar documentos considerados no subsanables en el pliego.
No habilitado
—
RD$6,289,000
Constructora Sol BKJ, S.R.L.El acta indica que quedó inhabilitada por no depositar documentos considerados no subsanables en el pliego.
No habilitado
—
RD$7,690,700
Meda Ingeniería, S.R.L.El acta señala que, tras la subsanación, su oferta no cumplió todos los requisitos del pliego.
No habilitado
—
RD$8,244,000
Ingitop RG, S.R.L.Habilitada con 65 puntos técnicos; obtuvo 30 puntos económicos y 95 puntos totales. Adjudicación por el total indicado, impuestos incluidos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona