El acta adjudica el proceso de excepción de contratación directa de publicidad DPP-CCC-PEPB-2026-0007 a 26 proveedores para el período del 1 de marzo al 30 de mayo de 2026. Registra un total adjudicado de RD$15,352,800.00, igual al monto de apropiación presupuestaria indicado, y consigna que los oferentes adjudicados cumplen la evaluación técnica y económica.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra publicación y cierre de ofertas el 19/02/2026, aunque el acta confirma que la evaluación pericial ocurrió el 24/02/2026. El artículo 152 del Reglamento establece un mínimo de tres días hábiles para las excepciones, salvo supuestos enumerados que no incluyen la contratación directa de publicidad; el plazo registrado merece revisión por su efecto sobre la concurrencia.
“CONSIDERANDO: A que en fecha veinte y cuatro (24) de febrero de 2026 los peritos evaluadores del presente proceso emitieron su informe en el que determinaron los proveedores participantes que cumplen y recomiendan para ser adjudicados.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
La contratación directa de publicidad exige contratar directamente con el titular del espacio o canal. El acta identifica a Grupo Mecca como proveedor de un periódico digital y a otros adjudicatarios para programas y medios; según los datos de DGII consultados el 27/09/2026, las actividades registradas de Grupo Mecca (organización de eventos), Coco TV (telemarketing/mercadeo) y Murolok Marketing (diseño e instalación de letreros y vallas) no acreditan por sí solas la titularidad de los espacios publicitados. Es un dato posterior al proceso y requiere verificación, no prueba de falta de titularidad en la fecha de adjudicación.
“La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, progra”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 167 · Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 167 — Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital
Artículo 167.- Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital. La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, programa o canal de difusión (prensa, radio, televisión, sitio web, red social, plataforma de streaming, entre otros). 2. Que el medio o la plataforma esté legalmente constituido y registrado ante la autoridad competente, cuando corresponda. 3. Que no exista intermediación comercial, agencias o representantes que…
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona