La solicitud de compra DPP-CCC-PEPB-2026-0007, fechada el 19 de febrero de 2026, detalla 26 espacios de publicidad por un total estimado de RD$15,352,800. El documento indica que la contratación está planificada, pero el período que consigna —15 de febrero al 15 de mayo de 2026— difiere del período del proceso según el portal y otros documentos: 1 de marzo al 30 de mayo de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud identifica el período del 15 de febrero al 15 de mayo, mientras que el portal y otros documentos del proceso sitúan el servicio del 1 de marzo al 30 de mayo. La diferencia afecta el alcance temporal que debe verificarse para determinar qué período se contrató y recibió; además, la fecha inicial de la solicitud ya había transcurrido al emitirse el documento.
“REQUERIMIENTO: Colocación de Publicidad para dar Servicios desde el 15 de febrero hasta el 15 de mayo del 2026, para esta Dirección de Prensa del Presidente.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.
El documento identifica el rubro como publicidad y solicita 26 colocaciones por RD$15,352,800. Según los datos del portal, entre el 2 y el 19 de febrero se convocaron otros procesos de publicidad de la misma institución, varios con períodos de servicio coincidentes; la suma de los estimados de los procesos 0001 a 0009 es RD$103,658,000. Conviene verificar si las necesidades eran autónomas o si hubo división de contrataciones del mismo rubro dentro del lapso previsto por la ley; el documento por sí solo no establece que se eludiera un procedimiento.
“RUBRO: PUBLICIDAD Planificada: Sí”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona