El informe justificativo solicita aprobar la selección directa de 26 proveedores para colocar publicidad en televisión, radio y medios digitales durante el período del 1 de marzo al 30 de mayo de 2026. Presenta un monto total de RD$15,352,800.00, distribuido entre los medios y proveedores identificados, y fundamenta la necesidad en el alcance y la difusión de información gubernamental.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe fundamenta la excepción en ventajas generales de televisión, radio y medios digitales, y califica a los 26 proveedores como idóneos, pero no expone en este informe evidencia técnica específica que explique por qué esos medios y esa selección directa son necesarios frente a un procedimiento competitivo. Conviene cotejar la afirmación con los estudios y soportes del expediente; el informe por sí solo no permite concluir que estos no existan.
“los cuales representan medios idóneos en función de su alcance, cobertura, audiencia y afinidad con los públicos objetivos, conforme con la estrategia comunicacional, por un monto total de RD$15,352,800.00, distribuido según las característ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Denny MendezIncluido en la relación de proveedores propuesta; el informe solicita aprobación y no adjudica.
Mencionado
Ítem 10
RD$300,000
José Rafael LahozIncluido en la relación de proveedores propuesta; el informe solicita aprobación y no adjudica.
Mencionado
Ítem 11
RD$236,000
Fausto Ismael Corporan GómezIncluido en la relación de proveedores propuesta; el informe solicita aprobación y no adjudica.
Mencionado
Ítem 12
RD$354,000
Publiaudio RD, SRLIncluido en la relación de proveedores propuesta; el informe solicita aprobación y no adjudica.
Mencionado
Ítem 13
RD$236,000
Grupo Mecca, SRLIncluido en la relación de proveedores propuesta; el informe solicita aprobación y no adjudica.
Mencionado
Ítem 14
RD$800,000
Murolok MarketingIncluido en la relación de proveedores propuesta; el informe solicita aprobación y no adjudica.
Mencionado
Ítem 15
RD$275,000
Daniel Inmaculado Urbaez FelizIncluido en la relación de proveedores propuesta; el informe solicita aprobación y no adjudica.