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Pliego

Pliego CONSTRUCCIÓN LÍNEA DE IMPULSIÓN DE 24.pdf

CONSTRUCCIÓN LÍNEA DE IMPULSIÓN DE Ø24” HIERRO DÚCTIL AGUA POTABLE, AV. CIRCUNVALACIÓN CON AV. YAPUR DUMIT, SANTIAGO, REP. DOM. · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago

Publicado el 25 feb de 202646 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAASAN-CCC-LPN-2026-0007

Lo que dice

El pliego establece las bases de la licitación pública nacional CORAASAN-CCC-LPN-2026-0007 para construir la línea de impulsión de agua potable de Ø24 pulgadas, con presupuesto referencial de RD$65,439,912.92 y plazo de ejecución de dos años. El proceso fue convocado el 25 de febrero de 2026 y el pliego fija el 14 de abril de 2026 como fecha límite para presentar ofertas. También define requisitos de participación y evaluación, pagos, garantías y condiciones contractuales.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentosRD$65.4 millones

El pliego prevé descalificar ofertas por un límite de precio de ±10%

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

Además de tratar como potencialmente no sustentables las ofertas más de 10% inferiores al presupuesto, el pliego permite descalificar por precios anormalmente altos y establece un rango de 10% alrededor del monto base. La regla podría excluir ofertas por superar ese límite sin que la Ley establezca ese tope para ofertas altas; para las bajas, la norma prevé analizar la justificación antes de excluir.

“Institución podrá evaluar la sustentabilidad económica de una propuesta y descalificar por considerar el precio no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo o alto. Una propuesta económica podrá descalificarse bajo la condición exp”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 123 · Ley 47-25, art. 128 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 128 — Declaratoria de procedimiento desierto

Artículo 128.- Declaratoria de procedimiento desierto. Antes de la adjudicación, mediante resolución debidamente motivada, la institución contratante podrá declarar desierto un procedimiento a la finalización del plazo para la presentación de propuestas, cuando se verifique alguna de las condiciones siguientes: 1) Que no se haya presentado alguna propuesta o que ningún oferente haya cumplido los requisitos para ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los pliegos de condiciones, se determine que ningún oferente los cumple; 3) Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria…

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A revisarHallazgo en documentosRD$65.4 millones

Requisitos de experiencia comparables a obras mayores que la licitada

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

Para una obra estimada en RD$65,439,912.92 y de 637.28 metros, se exigen ocho años de experiencia, tres obras similares, dos obras de tuberías de al menos 1,000 metros y dos obras de al menos RD$60 millones. La combinación de duración, escala y número de antecedentes puede restringir la concurrencia; conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto y los estudios técnicos.

“Formulario de experiencia como contratista (SNCC.D.049) con el fin de acreditar una experiencia mayor o igual que ocho (8) años. Se deberán adjuntar copias de los contratos que avalen haber ejecutado tres (3) o más obras como contratista pr”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago de cubicaciones fijado en 45 días

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego fija hasta 45 días desde la certificación de la cubicación para pagar, frente al máximo legal de 30 días desde que se genere la condición de pago y se presente el requerimiento correspondiente. La diferencia puede prolongar el tiempo de cobro de las prestaciones certificadas.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de Cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el supervisor o responsable del contrato.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentos

Factura de agua exigida a oferentes domiciliados en [domicilio omitido]

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego exige a quienes tengan domicilio social en Santiago una factura de agua que pruebe estar al día, aunque no identifica una relación de ese documento con la capacidad para ejecutar la obra. Al aplicarse solo a oferentes de esa demarcación, crea una carga documental diferenciada que merece revisión por su pertinencia y proporcionalidad.

“Última factura del servicio de agua en la cual demuestre estar al día en pago (aplica para proveedores con Domicilio Social en Santiago).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Descalificación automática por incluir documentos económicos en el Sobre A

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego dispone la descalificación inmediata si se incluyen en el sobre técnico documentos económicos, sin diferenciar la naturaleza de la información ni prever una evaluación de su efecto sobre la confidencialidad o la igualdad. La regla puede producir exclusiones automáticas por errores de presentación, sin aplicar la evaluación y el debido proceso previstos para las ofertas.

“Las Ofertas que en el Sobre A (Propuesta Técnica), presenten documentación que son parte del Sobre B (Propuesta Económica), se auto descalifican sin más trámite esto aplica además a los documentos presentados en las memorias USB.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Ley 47-25, art. 113 · Ley 47-25, art. 20 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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El anticipo MIPYME queda sujeto a un plazo de hasta 60 días

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego fija hasta 60 días para el anticipo y señala que las MIPYMES recibirán 30%, pero no expresa que ese porcentaje se desembolse con la suscripción. La ley establece para MIPYMES un anticipo de 30% con la suscripción del contrato u orden; la cláusula puede postergar ese flujo de fondos.

“El anticipo que le será otorgado al (la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 10, que no podrá ser mayor a un 20% para los adjudicatarios, se hará en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Requisito de declaración basado en la Ley 340-06 derogada

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego exige una declaración sobre prohibiciones de la Ley 340-06, derogada por la Ley 47-25, mientras el régimen vigente de inhabilidades está en el artículo 38 de esta última. La referencia puede generar incertidumbre sobre el contenido de la declaración y sobre el criterio aplicable para verificar elegibilidad.

“Declaración jurada simple del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 8 numeral 3 y artículo 14 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 247 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Ley 47-25, artículo 247 — Derogación

Artículo 247.- Derogación. La presente ley deroga las leyes siguientes: 1) Ley núm. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 2) Ley núm. 449-06, del 6 de diciembre de 2006, que modifica la Ley núm. 340-06 sobre Contrataciones de Bienes, Obras, Servicios y Concesiones; 3) Ley núm. 6-21, del 20 de enero de 2021, que agrega un numeral 5 al artículo 6 de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 4) Decreto núm. 416-23, del 14 de septiembre de 2023, que establece el Reglamento de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 5) Cualquier…

A revisarHallazgo en documentos

Se excluye a proveedores con contratos activos en CORAASAN

Documento del 25 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego prohíbe adjudicar a cualquier proveedor que tenga contratos en ejecución con CORAASAN, sin limitar la prohibición a incumplimientos o a una incompatibilidad con esta obra. Es una condición adicional de elegibilidad que puede excluir competidores por una relación contractual previa no vinculada aquí con su capacidad de ejecución.

“Con el fin de salvaguardar el principio participación establecido en la ley de Compras y Contrataciones Públicas no podrán ser adjudicatario del presente proceso los proveedores que posean contratos activos (en ejecución) en la CORAASAN.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (32)

  • Convocatoria LPN-2026-0007.pdfDocumento · 25 feb de 2026
  • El caribe 23-02-26.pdfDocumento · 25 feb de 2026
  • El caribe 24-02-26.pdfDocumento · 25 feb de 2026
  • La información 23-02-26.pdfDocumento · 25 feb de 2026
  • La información 24-02-26.pdfDocumento · 25 feb de 2026
  • Acta de aprobación de los peritos.pdfInforme pericial · 25 feb de 2026 · 1 señal
  • Acta de aprobación del pliego.pdfPliego · 25 feb de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 25 feb de 2026
  • 1. Código de Ética de la CORAASAN.pdfDocumento · 25 feb de 2026
  • 2. D-COR-13 Compromiso con el Código de Ética de la CORAASAN.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 3. Formulario de compromiso ético DGCP.docxDocumento · 25 feb de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 20 — Unidades operativas de contrataciones públicas

Artículo 20.- Unidades operativas de contrataciones públicas. Cada institución contratante contará con una unidad operativa de contrataciones públicas que gestionará los procedimientos de contratación y ofrecerá asistencia técnica en su ejecución, las cuales tendrán, de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Coordinar con el área administrativa, financiera o su equivalente, la planificación y organización de los procedimientos de contratación; 2) Recomendar al comité de contrataciones públicas el procedimiento de selección aplicable y el pliego de condiciones correspondiente; 3) Recibir las propuestas con las ofertas técnicas y económicas, en la forma y plazos…

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7. SNCC_C026 Contrato Para Ejecución de Obras. Rev. 19.03.2024.docx
Contrato · 25 feb de 2026
  • 8. SNCC_F033 Formulario De Oferta Económica.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 9. SNCC_F034 Formulario Presentación de Oferta.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 10. SNCC_F036 Formulario Equipos del Oferente.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 11. SNCC_F037 Personal de Plantilla del Oferente (Para Obras).docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 12. SNCC_F042 Informacion Del Oferente.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 15. SNCC_D045 Currículo del Personal.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 17. SNCC_D048 Experiencia Profesional del Personal Principal.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • 18. SNCC_D049 Experiencia del contratista.docxDocumento · 25 feb de 2026
  • Especificaciones Técnicas.pdfPliego · 25 feb de 2026 · 1 señal
  • Lista de cantidades.xlsxPliego · 25 feb de 2026
  • Planos.pdfPliego · 25 feb de 2026 · 1 señal
  • Presupuesto de obra.pdfPliego · 25 feb de 2026
  • Apropiacion Presupuestaria.pdfCertificación de fondos · 25 feb de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · 27 may de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO LPN-2026-0007.pdfContrato · —
  • INFORME FINAL DE EVALUACIÓN ECONÓMICO.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • SOBRE B LPN-2026-0007.pdfDocumento · —