El Acta núm. 01-2026, de 2026-02-06, aprueba iniciar el proceso AMSO-CCC-CP-2026-0001 para construir aceras y contenes en Camino Llibere, con un monto consignado de RD$5,866,588.49, y designa tres peritos. El portal registra un monto estimado de RD$5,098,546.75, una diferencia de RD$768,041.74 respecto del monto del acta. Además, el acta cita documentos de apropiación y ficha técnica referidos a la reconstrucción del Play del Batey, no a la obra descrita en el proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna RD$5,866,588.49 para el procedimiento, mientras el portal registra un estimado de RD$5,098,546.75: difieren en RD$768,041.74. La diferencia no demuestra por sí sola un exceso o una adjudicación irregular, pero requiere conciliar qué monto y alcance respaldan el proceso.
“Primero: Aprobar el inicio del procedimiento de licitación bajo la modalidad de comparación de precios identificado con el número de procedimiento: AMSO-CCC-CP-2026-0001, para la construcción de aceras y contenes del municipio de Sosúa por ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Al enumerar los documentos vistos, el acta identifica tanto la certificación de apropiación como la ficha técnica para reconstruir el Play del Batey, aunque el proceso aprobado es para aceras y contenes en Camino Llibere. Conviene verificar que los documentos de soporte correspondan al objeto y presupuesto de este procedimiento.
“Vista: La de Certificación de Apropiación Presupuestaria, emitida por la el departamento de Presupuesto del Ayuntamiento Municipal de Sosua, para la contratación para la reconstrucción del Pley del Batey del municipio de sosúa. Vista: la fi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
El acta designa tres peritos: uno financiero y dos técnicos, sin identificar un perito legal. La ley exige, salvo los procedimientos de contratación menor, un mínimo de tres peritos e incluye uno legal, uno financiero y uno técnico; el portal clasifica este proceso como comparación de precios.
“Designar a los siguientes técnicos: Licdo. Joan Sena Checo perito financiero portador de la cédula de identidad y electoral No. [cédula] y; Pedro Meléndez, perito técnico portador de la cedula No.[cédula] y Arq. Lenny Beatón Castaño, perito”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona